Diccionario Jurídico

Título

Palabra o frase que da a conocer algo. I Re­nombre adquirido por acciones especiales. I Origen, causa, razón. I Pretexto, excusa. I Instrumento, documento, diploma que acre­dita determinados estudios, la legalidad de la profesión o la de un nombramiento. I En tér­minos legislativos, una de las principales divi­siones de los cuerpos legales; la que suele se­guir en importancia a los libros y anteceder a los capítulos. I Fundamento de un derecho u obligación. I Documento que prueba una re­lación jurídica. I Demostración auténtica del derecho con que se posee. I Dignidad nobi­liaria. I Persona que la ostenta. I Documento que acredita una deuda pública o un valor mercantil. I A LA ORDEN. El representativo de un crédito, cuyo titular puede transmitirlo por endoso (v.). I AL PORTADOR. El de cré­dito que, por no constar quien sea su titular, puede transmitirse por la simple tradición. I AUTÉNTICO. El documento expedido por funcionario público autorizado para ello y con fe pública. I DE CRÉDITO. El que contie­ne de manera eficaz un derecho de crédito exigible a favor de determinada persona o de su poseedor y contra otra, concretada en to­do caso. I DE PROPIEDAD. Documento que acredita el dominio sobre alguna cosa. I DE­CLARATIVO. El instrumento o documento en que consta la declaración de un derecho ya existente, pero controvertido; como una sen­tencia. I HÁBIL El que resulta eficaz por reu­nir los requisitos legales. I INSCRIBIBLE. El susceptible de inscripción en el Registro de la propiedad, por comprendido en los enume­rados de manera concreta en la ley que rija en el Derecho Hipotecario o Inmobiliario. I NO TRASLATIVO DEL DOMINIO. El que carece de eficacia jurídica para transmitir la propie­dad. I NOMINATIVO. El documento de crédi­to extendido a nombre de determinada per­sona y que ésta no puede por ello ceder me­diante el endoso. I ONEROSO. Causa de adquisición de cosas o derechos a cambio de una equivalencia economicojurídica; como en la compra (precio por cosa), en la permuta (cosa por cosa) y en el cambio de moneda ex­tranjera (dinero por dinero). I PROFESIO­NAL. El que acredita ciertos conocimientos o estudios y habilita para ejercer la profesión a que se refiera. Equivale a título académico.

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