Diccionario Jurídico

Declaración

Acción o efecto de declarar. I Manifestación, comunicación, explicación de lo ignorado, oculto o dudoso. I Publicación, manifesta­ción del propósito, ánimo o ideas. I Deposi­ción jurada de los testigos y peritos en causas criminales o en pleitos civiles; y la hecha por el reo, sin prestar juramento, en los procesos penales. I Establecimiento de la verdad por escrito o de palabra. I Proposición de contra­to. I Prueba o resguardo. I Exposición de ideario o de conducta, o aclaración sobre cualquier asunto de interés público, efectua­da por un dirigente, partido o movimiento político. (V. CONFESIÓN. MANIFIESTO. OFERTA. RECONOCIMIENTO. TESTIMONIO.) I DE AU­SENCIA. Manifestación formulada por juez competente por la cual, previo juicio civil, es­tablece, ante la carencia de noticias de una persona, lo que corresponda para velar por sus intereses y por los de los suyos. I DE DE­RECHOS DE VIRGINIA. Más antigua que Is Declaración ¿c ios derechos del Hombre y del Ciudadano —aprobada por la Convención Nacional de Francia el 2 de octubre de 1789—, la Declaración de Derechos de Virgi­nia fue formulada por los representantes de este pueblo, «reunidos en libre y completa convención», sobre «los derechos que perte­necen a ellos y a su posteridad, como base y fundamento de gobierno». La asamblea se celebró en los meses de mayo y junio de 1776, en la ciudad de Williamsburg (Estado de Vir­ginia). I DE GUERRA. Notificación directa o manifestación pública que un Estado hace a otro, y a los neutrales, de que ha roto las rela­ciones amistosas con uno o más y de que ini­cia las hostilidades contra él o ellos. I DE DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO. Votada por la Convención francesa, en la sesión del 2 de octubre de 1789, resume, en sus principios, orientaciones que conmovie­ron los cimientos sobre los cuales descansaba la organización social y política hasta enton­ces existente. La expansión que tuvo esta De­claración ha sido grande, aun cuando sus principios se invocan tanto como se incum­plen. I DE REBELDÍA. Decisión judicial adop­tada contra una persona que, citada en forma legal para comparecer ante autoridad o juez competente, no se presenta, por lo cual conti­núa sin ella el trámite del procedimiento. I DE VOLUNTAD. Manifestación o exteriorización humana destinada a producir efectos ju­rídicos. I EXPRESA. Manifestación inequívo­ca de la voluntad mediante el lenguaje habla­do, escrito o mímico. I INDAGATORIA. El interrogatorio dirigido, en causas criminales, al presunto reo, para indagar o averiguar el delito y el delincuente. I JURADA. Manifesta­ción hecha bajo juramento, y generalmente por escrito, acerca de diversos puntos que han de surtir efectos ante las autoridades ad­ministrativas o judiciales. Hay declaraciones juradas de bienes, de existencias, de gastos. etc. I RECEPTICIA. La de voluntad que es emitida teniendo en cuenta otra persona, a la cual alcanza. I TÁCITA. Manifestación de la voluntad hecha patente por actos exteriores, sin recurrir al lenguaje. I UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE. Fue apro­bada por las Naciones Unidas(v.) en su se-sión plenaria del 10 de diciembre de 1948, y su texto, pese a los términos en que se en­cuentra redactado, no ha tenido la repercu­sión que de dicha Declaración debía esperar­se.

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