foto Carlos Felipe B.Abogado · Fundador

Penal, civil y laboral. Docente y co-conductor de «Derecho y Más».

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Diccionario Jurídico

Gobierno

Dirección o administración del Estado. I Conjunto de ministros que ejercen el Poder ejecutivo. I Orden, régimen o sistema para regir la nación o alguna de sus provincias, re­giones o municipios. I Función, cargo o dignidad de gobernador. I Territorio, provincia o distrito donde ejerce su autoridad un gober­nador. I Edificio donde están sus oficinas y su despacho. I Duración de un gobernador en su mando. I ABSOLUTO. Ejercicio de todos los poderes públicos por una sola persona o un cuerpo determinado, sin limitación en las atribuciones ni responsabilidad alguna… al menos durante su ejercicio. I DE HECHO o «DEFACTO». En términos amplios, cualquier poder público que no ha sido elegido por su­fragio ni nombrado por otro procedimiento constitucional. La denominación correspon­de habitualmente a los grupos revoluciona­rios que, triunfantes, ejercen el poder público en nombre de la opinión del país o con el pro­pósito, cuando no con el pretexto, de servir sus intereses.

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