foto Carlos Felipe B.Abogado · Fundador

Penal, civil y laboral. Docente y co-conductor de «Derecho y Más».

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Diccionario Jurídico

Violación

Infracción, quebrantamiento o transgresión de ley o mandato. I Incumplimiento de con- venio. I Tener acceso carnal con mujer priva­da de sentido, empleando fuerza o grave inti­midación o, en todo caso, si es menor de 12 a-ños, en que carece de discernimiento para consentir un acto de tal trascendencia para ella. (V. violación de la MUJER.) I Profanación de lugar sagrado. (V. profanación .) I Aleja­miento, desdoro de una cosa. I Delito, falta. I DE CORRESPONDENCIA. Atentado contra el secreto o respeto que el correo merece, por la confianza de las personas que lo utili­zan y para no defraudar, en cuanto a los orga­nizadores del servicio, a quien ha pagado el franqueo para que el traslado y la entrega de la correspondencia se efectúe con total nor­malidad. I DE DOMICILIO. Entrada en domi­cilio ajeno contra la voluntad del dueño, y sin que concurra alguna necesidad imperiosa y legítima para quien lo hace ni el cumpli­miento de un deber como autoridad o con re­lación al prójimo. I En algunos ordenamien­tos jurídicos, la permanencia en vivienda de otro, aun habiendo entrado con su permiso, cuando se ordena el inmediato abandono del domicilio. I DE LA LEY. Infracción del Dere­cho positivo; ya sea norma de índole civil, que permite exigir su cumplimiento forzoso o la reparación consiguiente; ya algún principio cuya transgresión lleve aneja alguna conse­cuencia punitiva, por constituir delito o falta. I DE LA MUJER. Delito contra la honestidad y contra la libertad que se comete yaciendo carnalmente con mujer contra su voluntad expresa, por emplear fuerza o grave intimida­ción; contra su voluntad presunta, por encon­trarse privada temporal o permanentemente de sentido, por enajenación mental, aneste­sia, desmayo o sueño; o por faltarle madurez a su voluntad para consentir en acto tan fun­damental para su concepto público y privado, para la ulterior formación de su familia y por la prole eventual que pueda tener. I DE SE­CRETOS. Delito que comete el funcionario público que revela o descubre cuestiones re­servadas de las que, por razón de su cargo, tenga noticia o hechos de publicidad vedada, o por divulgar documentos que estén bajo su custodia.

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