Quien ejerce la tutela; el encargado de administrar los bienes de los incapaces y, además, de velar por las personas de los menores no emancipados ni sujetos a la patria potestad, y ciertos incapacitados. I Al unificar el concepto del gestor tutelar, la persona que desempeña las funciones que antiguamente o en otras legislaciones le están asignadas al curador (v.). I Defensor, protector o amparo. I Director, guía, consejero. I AD HOC. El designado para determinados actos. I DATIVO. El que, por nombramiento de autoridad judicial competente o por designación del Consejo de familia, es designado para ejercer la entonces llamada tutela dativa, a falta de tutor testamentario o legítimo. I TESTAMENTARIO El designado por testamento de los padres, o por quien instituye herederos o legatarios de cantidad importante a los huérfanos menores o incapaces.
Carlos Felipe B.Socio director y fundador