foto Carlos Felipe B.Abogado · Fundador

Penal, civil y laboral. Docente y co-conductor de «Derecho y Más».

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Diccionario Jurídico

Tipícidad

Concepto muy discutido en el Derecho Penal moderno, entre otras razones porque guarda relación con el Derecho Penal liberal, del cual es garantía, que se vincula con el principio del nullum crimen sine praevia lege. Jiménez de Asúa, refiriéndose a Beling, creador de la teoría, dice que la vida diaria nos presenta una serie de hechos contrarios a la norma y que por dañar la convivencia social se sancio­nan con una pena, estando definidos por el código o las leyes, para poder castíganos. «Esa descripción legal, desprovista de carác­ter valorativo, es lo que constituye la tipicidad. Por tanto, el tipo legal es la abstracción concreta que ha trazado el legislador, descar­tando los detalles innecesarios para la defini­ción del hecho que se cataloga en la ley como delito». Añade que en la tipicidad no hay «ti­pos de hechos», sino solamente «tipos lega­les», porque se trata de la conducta del hom­bre que se subsume en el tipo legal.

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