Diccionario Jurídico

Perito

Especialista, conocedor, práctico o versado en una ciencia, arte u oficio. I Quien posee título estatal de haber hecho determinados estudios o de poseer experiencia en una rama del conocimiento o en una actividad cualquiera. I La Academia agrega, para definir al pen’to judicial, al que interviene en el procedimiento civil, penal o de otra jurisdicción, como la persona «que, poseyendo especiales conocimientos teóricos o prácticos, informa, bajo juramento, al juzgador sobre puntos litigiosos en cuanto se relacionan con su especial saber o experiencia».

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