El derecho civil es la rama del derecho que, en general, regula las relaciones civiles o privadas de las personas. Es una de las ramas más antiguas del derecho. El derecho civil se ocupa del estado civil de las personas, sus derechos y deberes familiares, la propiedad y los demás derechos reales sobre las cosas, el régimen de las obligaciones y contratos y las sucesiones y herencias.
Derecho privado de carácter general que regula básicamente las siguientes materias: la persona y sus derechos, el patrimonio, las relaciones familiares y la tramisión por causa de muerte de bienes y derechos.
El derecho civil se divide en cuatro grandes ramas: la parte general (el derecho subjetivo en general, la nacionalidad, el domicilio, la adquisición y extinción de la personalidad civil), el derecho de obligaciones y contratos (responsabilidad contractual y extra contractual y régimen jurídico general y especial de las obligaciones y los contratos), los derechos reales (propiedad y posesión, derechos reales de goce, de adquisición preferente y de garantía, con especial atención al derecho hipotecario) y el derecho de familia y las sucesiones (regulación del matrimonio, relaciones entre los progenitores y los hijos, derecho de alimentos, herencias y distintos modos de suceder).
El derecho civil puede ser considerado como una forma de derecho privado, dado que regula las relaciones entre las personas, al margen de lo público. Por otro lado, puede ser una forma de derecho común, dado que sirve como derecho supletorio (o sea, como auxiliar) a otras ramas del derecho privado que regulan aspectos específicos de la vida civil: el derecho mercantil, el derecho laboral, etc.
El derecho civil se puede dividir en cinco grandes grupos dependiendo de cuál sea el objeto de su regulación.
- Derecho de familia: Estas normas van destinadas a regular las relaciones familiares como, por ejemplo, a qué regímenes matrimoniales pueden acogerse los cónyuges, la filiación de los hijos y cómo debe regularse las crisis matrimoniales (divorcio, separación o nulidad).
- Derecho de sucesiones: Su objeto es regular todas las situaciones patrimoniales que puedan darse una vez fallece una persona. Estas normas establecen, por ejemplo, cómo debe celebrarse una apertura de testamento, cuándo es necesaria una declaración de herederos y quién tiene derecho a heredar y cómo.
- Derechos reales: Consisten en un poder que tiene una persona natural o jurídica sobre una cosa y ante terceros, que permite que nadie use y disfrute de la cosa sobre la que tiene este poder jurídico. Regulan, por ejemplo, la propiedad.
- Derechos de contratos y obligaciones: Establece el marco normativo que rige las limitaciones para contratar, en qué consiste una obligación, e incluso la responsabilidad civil.
- Derecho de la persona: Regula los derechos intrínsecos de la persona como la nacionalidad, el nacimiento, la capacidad para obrar, la residencia o el estado civil.
- Aunque no es una rama del derecho civil, el derecho internacional privado también es derecho civil, pero que regula normas para delimitar la competencia o el derecho aplicable cuando surge una controversia de carácter privado entre ciudadanos de distintos países.
Las principales características de este derecho son:
- Es un derecho privado, es decir, regula relaciones privadas donde no existe interés público.
- Sus destinatarios pueden ser personas físicas o jurídicas.
- Se encarga de introducir un marco normativo a las relaciones privadas que se producen en la vida cotidiana.
- Su función principal es delimitar un marco de seguridad jurídica para que las personas conozcan cuáles son sus derechos y cuáles sus obligaciones. Así, en el tráfico jurídico las personas podrán acudir a los tribunales si ven vulnerados sus derechos.
- La principal fuente del derecho civil y que recoge todas las normas generales de este derecho es el código civil.
- El derecho civil suele contener reglas supletorias de otros derechos como el mercantil o el hipotecario o bancario.
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