El alcance de la Ley 88-26
La Ley Orgánica núm. 88-26, promulgada el 5 de noviembre de 2026, modifica el artículo 31 de la Ley 44-26. Su objeto es diferir conjuntamente la aplicación de los artículos 8, 9, 10 y 11 de la Ley 74-25, que integran el régimen general de responsabilidad penal de las personas jurídicas. Los artículos 8 y 11 ya habían sido modificados por la Ley 44-26. La Ley 88-26 cambia el calendario de aplicación de ese régimen. Ley 88-26, texto oficial.
Cómo se calcula la nueva fecha
La Ley 44-26 había previsto un plazo de tres meses contado desde el 5 de agosto de 2026. El artículo 3 de la Ley 88-26 establece un nuevo plazo de dieciocho meses contado desde el 5 de noviembre de 2026. Al sumar esos dieciocho meses se llega al 5 de mayo de 2028. El artículo 4 regula por separado la entrada en vigor de la propia Ley 88-26, con referencia a su promulgación, publicación y a los plazos del Código Civil. Ley 88-26, texto oficial.
Qué significa la referencia al artículo 393
La expresión relativa al artículo 393 del Código Penal señala que el nuevo calendario de estos cuatro artículos opera como excepción a la regla general de vigencia del Código. El considerando tercero aclara el alcance del aplazamiento y mantiene la vigencia del resto del Código y la responsabilidad penal de las personas físicas. Para analizar un hecho concreto, debe identificarse la disposición aplicable y su vigencia en la fecha del hecho. Ley 88-26, texto oficial.
Cuándo podría responder una persona jurídica
El artículo 8, en la redacción dada por la Ley 44-26, contempla actos u omisiones punibles de órganos, representantes o subordinados que actúen en representación de la entidad y cuyo comportamiento sea consecuencia del incumplimiento de deberes de dirección, control o supervisión. La imputación requiere examinar qué actuación se atribuye a la entidad y qué deber incumplió. Por ejemplo, si un representante utiliza sus facultades para realizar una operación ilícita, el análisis debe determinar también cómo se ejercían los controles internos pertinentes. Ley 44-26, texto oficial.
Qué se examina cuando intervienen varias sociedades
El artículo 11 contempla la extensión de responsabilidad a la persona jurídica que ejerza el control legal o de hecho de la que cometió la infracción. Entre los criterios previstos figuran la intervención en los hechos, la autorización, la tolerancia, el beneficio consciente y ciertos defectos de organización o incumplimientos de supervisión. Así, ante hechos atribuidos a una filial, resulta relevante identificar quién tenía el control y qué actuaciones u omisiones se pueden atribuir a la entidad controlante conforme al texto legal. Ley 44-26, texto oficial.
Qué valor puede tener un programa de cumplimiento
El párrafo III del artículo 8 permite atenuar la responsabilidad cuando, entre otras circunstancias, se demuestra que antes del hecho existía un programa de prevención y cumplimiento ajustado al tamaño, actividad y riesgos de la entidad, y que se ejecutaba de manera efectiva. También prevé supuestos vinculados con remediación, reparación, comunicación voluntaria o cooperación, bajo las condiciones de cada numeral. Los registros de capacitación, revisiones y respuestas a alertas ayudan a demostrar cómo funcionaban los controles en la práctica. Ley 44-26, texto oficial.
Cuándo los controles pueden excluir la responsabilidad
El párrafo IV del artículo 8 contempla un supuesto sujeto a condiciones acumulativas. Exige demostrar la implementación del programa y su evasión mediante maniobras fraudulentas, con reporte a la autoridad cuando la dirección tenga conocimiento. También exige que el incumplimiento del programa por subordinados o personas ajenas a la dirección haya ocurrido mediante maniobras que impedían detectarlo. Por eso, al evaluar ese supuesto, el expediente debe permitir examinar tanto la aplicación del programa como la forma en que se eludieron sus controles. Ley 44-26, texto oficial.
Cómo preparar un programa proporcionado
El párrafo VI incluye una política de conducta, identificación de riesgos, controles, capacitación, supervisión, procedimientos financieros, canales de denuncia, investigación y revisión periódica. El párrafo VII permite a las mipymes asignar las funciones de cumplimiento a su órgano de administración y exige medidas proporcionales a su actividad, volumen y riesgo. Una pequeña empresa puede empezar por documentar cómo aprueba pagos, quién revisa excepciones y cómo se reciben e investigan las alertas. El ejemplo ilustra una forma de aplicar los controles según la operación de la entidad. Ley 44-26, texto oficial.
Para qué se concedió el plazo adicional
Los considerandos de la Ley 88-26 explican que el diferimiento busca dar tiempo para preparar a las organizaciones y a las instituciones del sistema de justicia. Mencionan especialmente a mipymes, cooperativas y asociaciones sin fines de lucro con capacidades técnicas o económicas limitadas. Para las entidades, el plazo permite revisar los riesgos de sus operaciones, asignar responsabilidades y documentar la ejecución de sus controles antes de que empiece a aplicarse el régimen general. Ley 88-26, texto oficial.
Carlos Felipe B.Socio director y fundador
