foto Carlos Felipe B.Abogado · Fundador

Penal, civil y laboral. Docente y co-conductor de «Derecho y Más».

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Diccionario Jurídico

Senado

Junta, asamblea o reunión de las personas más distinguidas de una República o Estado, cuyas leyes forman, modifican o anulan, o en cuyo gobierno participan al menos por el con­sejo público del informe calificado. I En la antigua Roma, la asamblea patricia, primera en su género, que constituyó su Consejo su­premo. I En diversos pueblos modernos, la alta Cámara,la que comparte el Poder legisla­tivo con el Congreso de los diputados. I En los países federales (como la Argentina y los Estados Unidos), la Cámara legislativa de ca­rácter federal, donde es uniforme la repre­sentación de los distintos Estados o provin­cias que integran la federación, sin tomarse en cuenta la desproporción de pobladores. I Edificio, palacio o local donde los senadores celebran sus sesiones públicas y sus reuniones especiales. I Junta o concurrencia de calidad y respeto. (V. congreso,   poder   legislati­vo.)

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