foto Carlos Felipe B.Abogado · Fundador

Penal, civil y laboral. Docente y co-conductor de «Derecho y Más».

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Diccionario Jurídico

Prevención

Preparación, disposición anticipada de lo necesario para un fin. I Previsión. I Anticipado conocimiento de un mal o perjuicio. I Precaución. I Advertencia, aviso. I Inculcación de prejuicio o preocupación. I Remedio o alivio de inconveniente o dificultad. I Anticipación que en el conocimiento de una causa toma un juez con relación a otros competentes también. I Práctica de las diligencias necesarias para evitar un riesgo. I Aversión, repugnancia. I Concepto desfavorable de una persona o parcial contra ella. I Puesto de policía o de vigilancia destinado a la custodia y seguridad de los detenidos como supuestos autores de un delito o falta. I De acuerdo con la jurisdicción contencioso-administrativa, nombre de una de las correcciones disciplinarias que la ley española permite a los tribunales de la misma. I En lo penal, finalidad atribuida a la ley para contener con su amenaza los impulsos delictivos. I DEL ABINTESTATO. Primeras diligencias que adopta un juez al tener conocimiento de haber muerto una persona con bienes y sin testamento, y sin cercanos parientes.

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