Testimonio que de la sentencia condenatoria da el escribano del juzgado, para indicar el destino del reo. I En Derecho Penal, clase y extensión de una pena. I En Derecho Procesal, donde equivale a sentencia o a la parte dispositiva de la misma, constituye el pronunciamiento contenido en la parte de la decisión judicial donde, en una causa criminal, se impone la pena al acusado; o donde, en pleito civil, se accede a la petición o peticiones del demandante, imponiendo al demandado la obligación de satisfacerlas; y también, cuando igual fallo se pronuncia contra el actor ante la reconvención del demandado. I CONDICIONAL. Consiste en el beneficio, otorgado por ministerio de la ley o confiado al arbitrio motivado de los tribunales, de dejar en suspenso la condena del que, delinquiendo por primera vez, no se encuentra en rebeldía y es condenado a una pena relativamente leve. I EN COSTAS. Pronunciamiento de la sentencia en virtud del cual se obliga a uno de los litigantes a pagar los gastos del juicio.
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