foto Carlos Felipe B.Abogado · Fundador

Penal, civil y laboral. Docente y co-conductor de «Derecho y Más».

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Diccionario Jurídico

Abono

En general, la acción y el efecto de abonar (v.). I En lenguaje comercial, el hecho de la admisión en cuenta o el asiento en favor de alguno en su cuenta. I Garantía ofrecida por un fiador sobre el cumplimiento de lo prome­tido por parte del contratante. I Se habla también de abono de fianza aludiendo a la in­formación que da de ser propios, seguros y li­bres los bienes que obliga un deudor, arren­datario particular u otro que toma sobre sí al­guna responsabilidad  para la seguridad de

una deuda, obligación o contrato. I En mate­ria administrativa recibe este nombre la ga­rantía que, para seguridad de un cargo o fun­ción pública, se da a favor del empleado o funcionario. I Modalidad de algunos contra­tos en virtud de la cual las partes se aseguran la periodicidad o la renovación de la presta­ción, objeto del contrato. I Recompensa que por servicios o circunstancias especiales se da a los empleados públicos, generalmente mili­tares, reconociéndoles —es decir, abonando -les— arios de servicio no prestados efecti­vamente, aunque así computados por cir­cunstancias valoradas.

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