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Daños a terceros

Diseno Sin Titulo 1 1 Legal
Los daños a terceros son aquellos que tú, como persona física, como dueño de una vivienda o de una empresa o como conductor, causas a otras personas de tu entorno o entidades. El perjuicio producido por una persona a otra u otras, tanto de carácter corporal como material.

Los daños a terceros consisten en un perjuicio de cualquier entidad, ya sea física o económica que produce una persona a otra sin que tuvieran una relación contractual previa.

Estos daños tienen una consecuencia: tienen que ser compensados. Esto se hace a través de una indemnización de daños y perjuicios. En el caso de que estos daños estén judicializados, será el juez quién los cuantifique y condenará al causante a pagar a la otra parte que ha sufrido el daño. La expresión daños a terceros hace referencia a aquellos daños que se producen fuera de una relación contractual entre partes y, por tanto, se soluciona a través de las reglas que establece el Código Civil para la responsabilidad extracontractual.

Requisitos

Estos daños suelen estar contemplados por las aseguradoras para ofrecer contratos de seguro que respalden a una persona física o jurídica ante esta posibilidad. Así, es obligatorio cuando una persona dispone de un vehículo o para un comercio tenga contratado un seguro de responsabilidad civil que cubre los daños a terceros que surjan en su comercio.

Seguro daños a terceros

Un seguro a terceros es un tipo de seguro que cubre los daños materiales y personales causados a terceras personas y por un accidente en un vehículo particular. Actualmente y en muchos países, este tipo de seguro es obligatorio para los propietarios de vehículos particulares.

De esta manera, el seguro a terceros sirve para proteger al propietario de un vehículo de los gastos derivados y de cualquier responsabilidad personal por los daños y lesiones causados a las otras personas en un accidente.

Reparación del daño a terceros

La reparación del daño es una pena pecuniaria que consiste en la obligación impuesta al delincuente de restablecer el statu quo ante y resarcir los perjuicios derivados de su delito. La reparación del daño es una  obligación impuesta al individuo a resarcir los daños a favor de la víctima u ofendido, y toda víctima de violación a derechos humanos o por la comisión del delito tiene derecho a la reparación del daño de manera oportuna, plena, diferenciada, transformadora, integral y efectiva, pudiendo solicitarlo directamente al órgano jurisdiccional.

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