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Responsabilidad por vicios ocultos en la compraventa de inmuebles

La compraventa de inmuebles es una de las operaciones jurídicas de mayor relevancia económica y patrimonial. Sin embargo, no está exenta de conflictos, especialmente cuando el bien adquirido presenta defectos no visibles al momento de la transacción. En estos casos surge la responsabilidad por vicios ocultos, figura que protege al comprador frente a fallas que afectan el uso, valor o seguridad del inmueble.

Concepto de vicios ocultos

Se consideran vicios ocultos aquellos defectos graves del inmueble que no son aparentes, que existían antes de la venta y que el comprador no pudo detectar mediante una revisión ordinaria. Estos vicios deben ser de tal magnitud que, de haber sido conocidos, el comprador no habría adquirido el bien o habría pagado un precio menor.

Fundamento legal

La responsabilidad del vendedor por vicios ocultos se sustenta en el régimen general del Código Civil dominicano, que impone al vendedor la obligación de garantizar al comprador la posesión pacífica y la utilidad del bien vendido.

Esta garantía implica que el inmueble debe ser apto para el uso al que está destinado y estar libre de defectos estructurales o funcionales que disminuyan significativamente su valor o funcionalidad.

Ejemplos frecuentes

En la práctica inmobiliaria dominicana, los vicios ocultos pueden manifestarse de diversas formas:

  • Fallas estructurales en la construcción
  • Problemas de humedad o filtraciones severas
  • Defectos en sistemas eléctricos o sanitarios
  • Inestabilidad del terreno
  • Vicios en el título o situaciones jurídicas ocultas
  • Materiales de baja calidad que comprometen la seguridad de la obra

Estos defectos, al no ser visibles al momento de la compra, generan responsabilidad del vendedor.

Derechos del comprador

Cuando se comprueba la existencia de vicios ocultos, el comprador puede:

La acción debe ejercerse dentro de los plazos legales y con la debida prueba técnica que demuestre la existencia del vicio y su anterioridad a la venta.

Responsabilidad del vendedor y otros intervinientes

La responsabilidad puede recaer no solo en el vendedor, sino también en:

  • Constructores
  • Promotores inmobiliarios
  • Ingenieros o arquitectos responsables de la obra

Cuando se demuestra que conocían el defecto y no lo informaron, la responsabilidad puede agravarse e incluir indemnizaciones más amplias.

Importancia de la prueba pericial

La determinación de los vicios ocultos requiere, en la mayoría de los casos, estudios técnicos y peritajes especializados que acrediten:

  • La existencia del defecto
  • Su carácter oculto
  • Su origen previo a la compraventa
  • La relación con los daños sufridos

Sin este soporte probatorio, la reclamación pierde fuerza jurídica.

Prevención en operaciones inmobiliarias

Para reducir riesgos, es recomendable:

Estas medidas fortalecen la seguridad jurídica de la transacción.

Asistencia legal especializada

Los casos de vicios ocultos requieren un enfoque técnico y jurídico integral que combine análisis contractual, evaluación estructural del inmueble y estrategia procesal adecuada.

Nuestra oficina ofrece asistencia legal en reclamaciones por vicios ocultos en compraventas inmobiliarias, asesorando tanto a compradores afectados como a vendedores y desarrolladores, gestionando peritajes, negociaciones y procesos judiciales para la defensa efectiva de derechos y la obtención de indemnizaciones cuando corresponda.

En Santo Domingo, República Dominicana, contamos con el equipo legal más completo y eficaz para asesorarte. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L., evaluamos tu caso con meticulosidad, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, siempre en concordancia con la Constitución y las leyes del país

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