Diccionario Jurídico

Utilidad

Provecho material. I Beneficio de cualquier índole. I Ventaja. I Interés, rédito. I Fruto. I Comodidad. I Conveniencia. I PARTICU­LAR. Provecho o beneficio económicojurídi-co para un individuo o para varias o todas las personas en la esfera de su patrimonio, inte­reses y causas; pero no como conciudadanos o miembros de la especie, en la perspectiva de los ideales y de las ventajas para la colectividad ciudadana, nacional o humana. I PÚ­BLICA. Todo lo que resulta de interés o con­veniencia para el bien colectivo, para la masa de individuos que componen el Estado; o, con mayor amplitud, para la humanidad en su conjunto.

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