Diccionario Jurídico

Estado

Situación en que se encuentra una persona, cosa o asunto. I La realidad en un momento dado. I Cada una de las clases o jerarquías di­ferenciadas en una sociedad política. I Con­dición de la persona con relación al matrimo­nio: soltera, casada o viuda. I Brazo principal de la constitución de un pueblo; y así se habla del estado civil, eclesiástico o militar. I Cuer­po político de una nación. I La nación misma. I La Administración pública. I Pueblo que se rige con independencia. I Territorio, dominio o país que pertenece a un soberano. I La Ha­cienda pública o fisco nacional. I La cosa pú­blica. I Origen general del Derecho. I Socie­dad jurídicamente organizada, capaz de im­poner la autoridad de la ley en el interior y afirmar su personalidad y responsabilidad frente a las similares exteriores. I Conjunto de los poderes públicos; acepción en que se asimila con gobierno, del cual se diferencia en cuanto éste constituye la encarnación perso­nal de aquél, su órgano ejecutivo. I La repre­sentación política de la colectividad nacional; para oponerlo a nación, en sentido estricto o conjunto de personas con comunes caracte­res culturales, históricos y sociales regidos por las mismas leyes y un solo gobierno. I En los Estados organizados federalmente, cada uno de los territorios que se rigen por leyes propias y gobiernos privativos en su ámbito y esfera peculiares. I En contabilidad y estadís­tica, resumen por partidas generales. I Expo­sición, informe acerca de un caso. I Antigua­mente, acompañamiento, comitiva, corte, séquito. I CIVIL. La situación en que se encuen­tra el hombre, dentro de la sociedad, en rela­ción con los diferentes derechos o facultades y obligaciones o deberes que le atañen. I CORPORATIVO. Ensayo del fascismo italia­no, imitado en algunos otros países, cuyo ré­gimen político tiene por base la organización de las profesiones y oficios en sindicatos. I DE ALARMA. Situación de grave alteración del orden público, que obliga a suspender las ga­rantías constitucionales. A veces, la intran­quilidad es ficticia, y constituye recurso de go­biernos autoritarios que abusan de su facul­tad de calificar tal perturbación. I DE EMERGENCIA. Calificación que en algunos países de América se da al estado de alarma, o de sitio, que se declara por motivos de or­den público y que se traduce en la suspensión de las garantías constitucionales. I DE FAMI­LIA. La condición civil dentro de los vínculos parentales y conyugales. I DE GUERRA. Con propiedad, el que plantea la ruptura de hosti­lidades por un conflicto armado con otra na­ción; o, internamente, en el supuesto de una guerra civil. I DE INDIVISIÓN. Situación en que se encuentran cosas o derechos que per­tenecen a varias personas sin división de par­tes o en cuotas proporcionales. I DE INDIVI­SIÓN DE LA HERENCIA. Puede entenderse de dos maneras, según se trate de la situación normal que se produce al fallecer el causante y mientras no se lleva a término la partición, o de la resultante de la cláusula testamentaria que obligue a permanecer en comunidad cierto tiempo o en determinadas condiciones.

1 DE NATURALEZA. Suposición histórica del racionalismo de Hobbes, para el cual el esta­do de naturaleza era la guerra; del de Locke, quien lo imaginaba anárquico puro; y de Rousseau, fundado en una comunidad primi­tiva de bienes, sin egoísmos ni coacciones, que parece una interpretación romántica y descreída del Paraíso bíblico y de los tiempos patriarcales. I DE NECESIDAD. Situación ex­cepcional para una o más personas en que, por necesidad extrema o grave peligro, se prescinde de la ley y se excusa el daño inferi­do o la lesión causada. I DE PAZ. Dice Escri-che que el estado de paz no es otra cosa que la situación normal de quietud y sosiego público del reino; estado de guerra es la situación ex­cepcional en que se halla el reino cuando se ve invadido por tropas extranjeras, o turbado por disensiones civiles de sus habitantes, ar­mados unos contra otros; estado de sitio es la situación, también excepcional, de una plaza, fortaleza o población, a la cual ha puesto cer­co el enemigo para combatirla y apoderarse de ella. I DE PELIGROSIDAD SOCIAL SIN DELITO. Frente al principio de que no puede castigarse sino la acción previamente conde­nada por la ley, los positivistas, con criterio de prudencia defensiva para la sociedad, adver­tían de la amenaza representada por los suje­tos de mala vida o cuyos antecedentes permi­tían, casi con plena evidencia, predecir un eventual y cercano ataque a las personas o la sociedad, contra lo cual resultaría ingenuo es­perar la agresión. La sociedad se halla en si­tuación paralela a la de la persona individual que no ha de aguardar a que hagan fuego contra ella para iniciar su defensa, si ha des­cubierto la intención homicida de su enemi­go. I DE SITIO Como concepto de recurso gubernamental, esta expresión equivale ínte­gramente a la de estado de guerra; por cuanto las leyes de orden público de diversos países emplean una u otra de las distintas denomi­naciones para referirse a las máximas atribu­ciones con que el poder público se inviste pa­ra hacer frente a las conmociones internas que amenazan su estabilidad o la del régimen político que encarna. I FEDERAL. Estado compuesto por varios Estados que poseen gobierno peculiar, legislación privativa en di­versas materias y una gran autonomía admi­nistrativa, pero con respeto de la unidad re­presentativa internacional, confiada a un ejecutivo federal o nacional. I HONESTO. Denominación, hoy día poco usual, para refe­rirse a las solteras de buena fama. I LLANO. El pueblo en general, el elemento civil o pai­sanaje. I SOCIAL. La situación en que un grupo de personas se encuentra con respecto a otras dentro del ordenamiento en clases de la sociedad. I Conjunto de condiciones labo­rales y económicas de un pueblo y de una época. I TOTALITARIO. Aquel cuyo gobier­no, con poderes dictatoriales, basa su organi­zación política en un solo partido, pedestal de un jefe supremo y en la hegemonía avasalla­dora de los intereses estatales, a veces simple disfraz de personales ambiciones.

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