foto Carlos Felipe B.Abogado · Fundador

Penal, civil y laboral. Docente y co-conductor de «Derecho y Más».

Ver su perfil →
5.0★★★★★500+ reseñasLeerlas todas →

Excelentes servicios en litigios, muy buen trato humano.

Grismely Almonte Porro

Excelente dominio de temas jurídico procesales. Proactividad en solución de conflictos.

Engels Adón G.

Servicio excelente. Siempre a la disposición de cualquier duda que como cliente me pueda surgir.

Rosario Rodríguez

Diccionario Jurídico

Delegación perfecta e imperfecta

Para Josserand, la delegación es el acto «por el cual una persona prescribe a otra que se comprometa respecto a una tercera; quien da la orden es el delegante, quien la recibe es el delegado, quien se beneficia de ella es el dele­gatario». La delegación se perfecciona con el asentimiento del delegatario; es decir que se requiere el concurso de las tres voluntades. Por lo general supone la existencia anterior de una obligación entre las partes; común­mente será el delegante acreedor del delega­do y deudor del delegatario. La delegación puede obrar como novación (v.), lo que ex­tingue la obligación existente entre el dele­gante y delegatario, que se reemplaza por la nueva relación que surge entre éste último y el delegado; en estos casos se denomina per­fecta. Si la delegación no libera al delegan­te, quedando en pie su deuda para con el de­legatario, se denomina imperfecta (Golden-berg).

Cuéntenos lo que está pasando

Descríbalo con sus propias palabras. No hace falta que identifique la figura legal ni que tenga toda la documentación. En 24 horas recibirá una respuesta sobre las vías que proceden y los plazos que corren.

También por teléfono, de lunes a viernes de 9:00 am a 5:00 pm: +1 (829) 256-6865

Evaluar Mi Caso
Evaluar Mi Caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

Evaluamos su caso

Tiempo límite de respuesta: 24h