
Delación Premiada
Sin duda alguna, el día 21 de diciembre de 2016, fue el inicio de un extenso proceso penal-investigativo a raíz del escandalo Odebrecht, que ha implicado a cientos de personas en más de diez países diferentes, incluida la República Dominicana, donde el proceso aún se encuentra en fase de juicio de fondo. Durante todo este proceso, se ha populalarizado el termino delación premiada o colaboración premiada, producto de la cooperación de los altos ejecutivos de la citada empresa para con la justicia de Brasil.
¿Qué es la delación premiada o colaboración premiada?
El profesor brasileño, Candido Furtado Maia Neto define la «delación premiada» consiste en un acuerdo alcanzado por el investigado (acusado o condenado) por la comisión de un delito y el Estado, titular del ius puniendi, a través del Ministerio Fiscal, en el que, a cambio de la confesión o la prestación de información relevante, se ofrecen al presunto delincuente determinados beneficios, que pueden consistir en la rebaja de la pena, o incluso su remisión total en los casos de colaboración especialmente importante, y también en la retirada de la acusación, con el consiguiente sobreseimiento de la causa, o, previamente, en la decisión de no acusar al delator.
La delación premiada o colaboración premiada es un intrumento a cargo de los órganos de la justicia penal de otorgar beneficios personales o económicos a aquellas personas imputadas, condenadas o no que proveen información relevante sobre hechos ilícitos cometidos por ellos o terceros a fin de apresar, imputar, condenar, disminuir o extinguir el potencial daño que estos puedan causar a la vida humana, el medioambiente o bienes jurídicamente protegidos.
Inconvenientes de la delación premiada
La delación premiada presenta inconvenientes para la seguridad personales de quien ofrece la información a las instituciones de justicia, ya que pone en riesgo su propia vida y la de su familia y, resulta ser peor, en el caso particular de la República Dominicana, cuando el delator se encuentra cumpliendo condena, pues su seguridad prodría verse gravemente comprometida. Esto ocurre debido a que el delator es considerado socialmente como un «soplón» o «chivato», conceptos despectivos utilizados por personas conocidas y/o involucradas en el hecho ilícito que el denunciante a puesto en conocimiento de la justicia penal.
De igual forma, la delación premiada muchas veces, en el caso de personas sometidas a prisión o arrestadas, puede desnaturalizarse cuando los agentes policiales intentan obtener la información mediante el abuso en el uso de la fuerza, la violencia física, psicologica o emocional, tratos crueles e inhumanos, actos degradantes, entre otros, constriñendo al supuesto delator a brindar las informaciones de que dispone, sean estás ciertas o no.
¿Acoge la legislación dominicana la delación premiada?
Sí, el derecho dominicano recoge la delación premiada dentro del ámbito del derecho procesal penal, pero es conocida como criterio de oportunidad. En nuestro país y nuestra práctica jurídica, el proceso penal inicia con la acción penal ejercida por el ministerio público o una persona con calidad para ello por medios privados; cuando esta acción recae sobre el ministerio público, este tiene la facultad de otorgar un criterio de oportunidad con relación a los hechos, a la pena, las calificaciones jurídicas y/o los imputados.
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