¿Qué es el impuesto a la emisión de cheques y pagos por transferencias electrónicas ?
Es un impuesto que se aplica sobre el valor de los cheques de cualquier naturaleza pagados por las entidades de intermediación financiera, sobre los pagos realizados a través de transferencias electrónicas, y sobre las transferencias por concepto de pagos a la cuenta de terceros en un mismo banco.
¿Qué grava este impuesto?
La emisión de cheques.
Los pagos a través de transferencias electrónicas.
Las transferencias a cuenta de terceros en un mismo banco.
Las operaciones bancarias tales como: acreditaciones, transferencia de fondos, desembolsos, realizados en las relaciones con sus clientes y relacionados.
Las operaciones interbancarias realizadas por los bancos en base a cualquier tipo de instrucción de uno o varios de sus clientes o por su propio interés.
¿Quiénes deben pagar este impuesto?
Las personas Físicas o Jurídicas que emitan cheques o que ordenen pagos mediante transferencia electrónica.
¿Quiénes deben retener este impuesto?
Se ha establecido como Agentes de Retención de este impuesto:
a) Todas las entidades de intermediación financiera.
b) Cualquier entidad jurídica autorizada a realizar pagos a través de transferencias electrónicas.
Nota: El incumplimiento del deber de retener este impuesto hace responsable solidario al Agente de Retención, pasible de la sanción por la infracción de mora cometida.
Los contribuyentes deberán pagar este impuesto por las
siguienes operaciones presentadas en el siguiente cuadro:
¿Que operaciones están gravadas?
Banco:
*Cheques emitidos para pago de interés
*Pagos a suplidores de banco contra crédito a cuenta o cheque de administración y pago de sus propias nóminas de personal.
Cliente:
*Transacciones para el pago de préstamos :
a) Débito a cuenta para pago de préstamos.
b) Débito a cuenta para el pago de tarjeta de crédito.
*Transferencias nacionales de banco a banco por orden de clientes y transferencias de un banco nacional a un banco extranjero.
*Los pagos en internet generados en territorio dominicano.
*Cheques emitidos a favor del Banco Central para fines de aperturar certificados financieros por cuenta
de clientes.
Usuario:
*Cheques pagados:
a)Via cámara de compensacion.
b)Via depósito en el mismo banco.
c)Via ventanilla.
*Transferencias a terceros dentro de un mismo banco y transferencias entre cuentas de diferentes bancos, incluyendo:
a) Pagos por concepto de pago de nómina electrónica.
b) Pagos a terceros por instrucciones del cliente mediante crédito a cuenta o cheque de administración.
*Venta divisas efectuada en cheque.
*Compra de divisas utilizado en cheque como medio de pago.
¿Hay alguna exención para el pago de este impuesto?
Quedan exentos de la aplicación de este impuesto:
*Las transferencias de fondo en internet de una misma persona si son de bancos diferentes.
*El retiro de efectivo en cajeros automáticos y en las oficinas bancarias.
*Los pagos de la Seguridad Social.
*Las transacciones y pagos realizados por los Fondos de Pensiones.
*El uso de tarjeta de crédito, incluyendo todas las fases del proceso, desde el consumo original hasta las transacciones de intermediación entre las compañías de adquirencias, el banco y el afiliado.
*Los pagos y las transferencias hechos a favor del Estado Dominicano por concepto de impuestos, así como las transferencias que el Estado deba hacer de estos fondos.
*Las transferencias de una cuenta a otra cuenta de la misma persona, siempre que sea en un mismo banco.
*Las transacciones realizadas por el Banco Central:
a) Liquidaciones interbancarias utilizadas como complementos de la Cámara de Compensación y tarjetas de crédito.
b) Operaciones interbancarias de corto plazo operadas a través de las cuentas o registros de los bancos en el Banco Central para hacer frente a los requerimientos de encaje legal. Desembolsos de préstamos.
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