Diccionario Jurídico

Banco

En Economía, los bancos son establecimien­tos que se encargan de concentrar y regular las operaciones de crédito. I En Derecho constituyen generalmente sociedades anóni­mas dedicadas a realizar las múltiples opera­ciones comerciales originadas por el dinero y los títulos que lo representan, considerados como mercancías. Configuran, por tanto, entidades mercantiles que comercian con el di­nero.

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