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Análisis del Reglamento 416-23, contrataciones públicas

La reciente promulgación del Reglamento núm. 416-23 marca un hito en la administración financiera del Estado dominicano. Sustituyendo al anterior Decreto 543-12, este cuerpo normativo busca armonizar la legislación nacional con los estándares internacionales más modernos.

Fortalecimiento del Órgano Rector y la Digitalización

Una de las piedras angulares de este reglamento es la consolidación del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) como la herramienta oficial y obligatoria para gestionar todo el ciclo de la contratación, desde la planificación hasta la liquidación del contrato.

La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) reafirma su rol como órgano rector, centralizando el diseño de políticas y modelos de pliegos de condiciones estandarizados, mientras que la gestión operativa permanece descentralizada en las instituciones contratantes.

El Criterio de «Valor por Dinero»

El reglamento introduce formalmente el concepto de Valor por Dinero. Este criterio rompe con la visión tradicional de seleccionar únicamente la oferta de menor precio, permitiendo a las instituciones evaluar variables como:

  • Costos asociados al uso y mantenimiento.
  • Calidad y sostenibilidad social y ambiental.
  • Beneficios económicos a largo plazo.

Reorganización del Comité de Compras

Se define una estructura fija de cinco miembros para el Comité de Compras y Contrataciones en los entes sujetos a la ley, incluyendo obligatoriamente al responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública, garantizando así una mayor transparencia en el órgano deliberativo.


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