Declarar a uno incapaz para ejercer u obtener un cargo, empleo, oficio o ventaja. I Prohibir el ejercicio de los derechos civiles o políticos. I Imposibilitar; vedar.
Inhibir Impedir que un juez o tribunal continúe conociendo de una causa por ser incompetente. I ant. Prohibir. (V.inhibitoria ) Inhibitoria o inhibición Una de las formas de las llamadas cuestiones de competencia (v.), que consiste en librar un despacho a un juez para que se inhiba o abstenga de seguir conociendo de una causa, y remita los autos y diligencias practicadas al tribunal competente. Inhibitorio Oficio, decreto, despacho que requiere o impone la inhibición. Inhumación Del latín inhumare, de in, en, y humus, tierra. Acto de enterrar un cadáver. Inhumano Falto de piedad o compasión. Bárbaro, cruel, sañudo, criminal. Iniciador Que inicia. I Actor. I Denunciante. Iniciativa de las leyes Facultad de proponer las leyes que deben ser discutidas y aprobadas por el poder legislativo. Inicuo Contrario a la equidad. I Injusto. I Malvado. Iniquidad Gran maldad o injusticia. I Grave lesión corporal u ofensa moral. I Rigor innecesario de una ley, sentencia u otra disposición emanada de una autoridad. (V. abuso de poder, equidad.) Iniquísimo Sumamente inicuo o injusto. Injuria En sentido lato, todo dicho o hecho contrario a la razón o a la justicia. I Agravio, ofensa o ultraje de palabra o de obra, con intención de deshonrar, afrentar, envilecer, desacreditar, hacer odiosa, despreciable o sospechosa a otra persona, ponerla en ridículo o mofarse de ella. I A LA AUTORIDAD. El mal que para las instituciones del Estado supone el menosprecio del prestigio de quienes encarnan la autoridad, hace que se penen de forma especial y se persigan de manera distinta también las ofensas de palabra u obra dirigidas contra las autoridades. I GRAVES. Las de mayor trascendencia; las que entrañan peor intención o resultan más ofensivas para la víctima. I LEYES.Las que no son graves… Esta definición perogrullesca está impuesta por el Cód. PEN. esp., que se limita a declarar cuáles son las injurias graves (v.); por lo cual, las leves son todas las demás palabras o acciones que deshonren o menosprecien. Injusticia Acción o falta contra la justicia. I NOTORIA. La opresión o sinrazón que padece el litigante vencido en juicio, cuando por lo que se ve del proceso, sin necesidad de nuevas pruebas, se percibe claramente que la decisión del tribunal no puede sostenerse. Injusto Contrario a la justicia, a la razón o al Derecho. I Inicuo; desigual. I Quien obra contra el deber propio o el derecho ajeno. Inmediación Principio del Derecho Procesal encaminado a la relación directa de los litigantes con el juez, prescindiendo de la intervención de otras personas. Constituye el medio de que el magistrado conozca personalmente a las partes y pueda apreciar mejor el valor de las pruebas, especialmente de la testifical, ya que todas ellas han de realizarse en su presencia. El tema de la inmediación se encuentra íntimamente ligado a la oralidad del procedimiento, ya que, cuando es escrito, las diligencias, inclusive la recepción de las declaraciones (testimonios, absolución de posiciones, informes periciales) se suelen practicar ante el secretario judicial, y más corrientemente ante oficial o ante un escribiente del juzgado. Inmueble V. bienes inmuebles. I DOTAL. Bien raíz, rústico o urbano, que se entrega en concepto de dote obligatoria o voluntaria, y con la calidad de estimado o inestimado. Inmunidad Exención o liberación de cargas personales o reales. I PARLAMENTARIA. Prerrogativa procesal de senadores y diputados, que los exime de ser detenidos o presos, salvo los casos dispuestos por las leyes, y procesados o juzgados sin la expresa autorización del respectivo cuerpo, en virtud de desafuero (según la terminología argentina) o suplicatorio (en los términos parlamentarios de España). Innominado Lo que no tiene nombre especial. Se designan como contratos innominados, en Derecho, aquellos que carecen de nombre particular; a diferencia de los nominados, que tienen denominación propia. Innovación Acción y efecto de mudar o alterar las cosas introduciendo novedades. Procesalmente tiene valor en sentido negativo y cautelar, en cuanto se refiere a la obligación de no innovar durante la tramitación del juicio, así como la de no innovar en el juicio una vez admitida la apelación. Inocencia Falta de culpa o equivocada calificación en tal sentido. «In pari causa melior est conditio possidentis» Axioma jurídico, proveniente del antiguo Derecho Romano, con el cual se expresa que en causa igual es mejor condición la del que posee. «In pari causa possesor potior habere debet» Sentencia de Paulo, por la cual se establece que: mediando iguales circunstancias, debe ser preferido el que posee. «Imperitia culpae adnumeratur; et culpa est inmiscere se reí se non pertinenti» Regla que dice: en grave culpa incurre el que intenta hacer lo que no sabe ni le concierne. insaculación Acción y efecto de insacular de poner en un saco —de ahí la voz—, cántaro o urna cédulas o boletas con números o con nombres de personas o cosas, para sacar una o más por suerte. El método se emplea en múltiples actuaciones judiciales, para la designación de jurados o peritos, y, en ocasiones, para determinar las personas llamadas a desempeñar algunas funciones públicas. Insanable Incurable. Las lesiones de esta índole se califican de graves y son castigadas severamente cuando corresponden a impulsos delictivos. En lo laboral, si resultan consecuencias de un riesgo profesional, determinan la invalidez total y permanente y el consecuente régimen de resarcimiento. Inscripción Acción y efecto de inscribir o inscribirse, tomar razón, en algún registro, de los documentos o las declaraciones que han de asentarse en él según las leyes. Con relación a algunos actos, la inscripción es obligatoria ya que sin ella carecen de efecto, por lo menos frente a terceros. Los actos necesitados de inscripción en registro público son muchos, pues, aparte los determinados en los códigos, hay otros de índole administrativa que requieren esa misma formalidad. Entre ellos cabe señalar los que afectan al Registro Civil de las Personas (nacimientos, matrimonios y defunciones), así como también, en el Registro de la Propiedad, los contratos sobre transmisión de bienes inmuebles, constitución de I Derechos reales o su cancelación, y con relación al Registro de Comercio, la constitución, I modificación y disolución de sociedades, y los I poderes de sus representantes entre otros.