Diccionario Jurídico

Iglesia

Del griego, a través de la voz latina ecclesia, esta voz significa convocación, reunión o asamblea, por cuanto la Iglesia es la congre­gación o sociedad de los fieles, reunidos por la profesión de una misma fe, por la partici­pación de iguales sacramentos y por la sumi­sión a los legítimos prelados, especialmente el Papa, como vicario de Cristo en la Tierra. I Aun significando Iglesia, metafóricamente, toda religión cristiana, la Iglesia por antono­masia es la católica apostólica romana. I También, templo o edificio en que los fieles se congregan para orar, para rendir culto a Dios. I Estado eclesiástico. I El clero. I Gobierno eclesiástico ejercido por el Romano pontífice, los concilios y los prelados. I Cabil­do catedral. I Diócesis o jurisdicción de un prelado. I Pastores y fieles de un país o co­marca, inmunidad del acogido a lugar sa­grado.

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