foto Carlos Felipe B.Abogado · Fundador

Penal, civil y laboral. Docente y co-conductor de «Derecho y Más».

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Diccionario Jurídico

Habitualidad penal

En el campo del Derecho Penal, la habituali­dad implica la comisión reiterada de delitos, generalmente del mismo orden. El delin­cuente habitual es el que incursiona reitera­damente en el campo de la delincuencia. Se­gún Ferri, muchos lo hacen por simple cos­tumbre adquirida. Comienzan infringiendo la ley penal en los primeros años de la adoles­cencia, casi siempre mediante la comisión de delitos contra la honestidad o contra la pro­piedad. Luego se incorporan, paulatinamen­te, al submundo de la delincuencia, configu­rando «una categoría delincuente».

El medio determina su conducta poste­rior, hasta que llegan a adquirir «la costumbre crónica del delito».

Además, sus compañías habituales los in­ducen a contravenir no solo las normas socia­les, sino también las leyes. Por capas institu­cionalizadas de la sociedad se rechazan, como elementos extraños y peligrosos, y dificultan, en consecuencia, su posibilidad de adapta­ción a una vida normal.

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