foto Carlos Felipe B.Abogado · Fundador

Penal, civil y laboral. Docente y co-conductor de «Derecho y Más».

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Rosario Rodríguez

Diccionario Jurídico

Concesión

Cuanto se otorga por gracia o merced. I Ad­misión de un argumento o alegato ajeno. I Autorización, permiso, i Libertad o franqui­cia. I Punto de la reclamación contraria que se acepta en una transacción o negociación. I Favor sensual, consentido casi por la tácita en la mujer. I En Derecho Canónico, la parte dispositiva de una bula. I En Derecho Públi­co, esta palabra se aplica a los actos de la au­toridad soberana por los cuales se otorga a un particular (llamado concesionario) o a una empresa (entonces concesionaria), determi­nado derecho o privilegio para la explotación de un territorio o de una fuente de riqueza, la prestación de un servicio o la ejecución de las obras convenidas.

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