Facción, parcialidad o partido de gente que, separándose del común de los demás ciudadanos, forma cuerpo aparte. I Además, disposición o mandato publicado por orden superior. Se diferencia del edicto en que este último significa anuncio o aviso. Los bandos pueden ser gubernativos o militares. Los primeros son dictados por la autoridad gubernativa del orden civil; y los segundos por una autoridad militar y al frente de tropa, para que todos se enteren de la disposición. (V. edicto, LEY MARCIAL.)