Diccionario Jurídico

Audiencia

Del verbo audire; significa el acto de oír un juez o tribunal a las partes, para decidir los pleitos y causas. I También se denomina au­diencia el propio tribunal, cuando es colegia­do, y el lugar donde actúa. I Distrito jurisdic­cional. I Cada una de las sesiones de un tri­bunal. I Cada una de las fechas dedicadas a una extensa causa ante el juez o sala que ha de sentenciar. I Recepción del soberano o autoridad elevada (como ministro, embaja­dor, jerarca de la Iglesia), para oír las peticio­nes que se le formulan, ser objeto de cortesía o cumplimientos, o resolver algún caso.

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