foto Carlos Felipe B.Abogado · Fundador

Penal, civil y laboral. Docente y co-conductor de «Derecho y Más».

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Grismely Almonte Porro

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Engels Adón G.

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Rosario Rodríguez

Diccionario Jurídico

Amnistía

Proviene la voz de amnesia o pérdida de la memoria; a través de un vocablo griego que significao/ví’í/o. Es una medida legislativa por la cual se suprimen los efectos y la sanción de ciertos delitos, principalmente de los cometi­dos contra el Estado. Se distingue la amnistía del Multo, en que la una tiene carácter gene­ral y el otro particular. Ha sido definida la amnistía como «un acto del poder soberano que cubre con el velo del olvido las infraccio­nes de cierta clase, aboliendo los procesos co­menzados o que se deban comenzar, o bien las condenas pronunciadas para tales delitos».

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