Blog

¿Qué es la Novación?

Imagen Para Post 2020 11 11T161747.897 Abogados

La novación es el efecto de un acto jurídico convenido entre el deudor y el acreedor por el cual se reemplaza una obligación por otra. Es por tanto, un modo por el cual, simultáneamente, se extingue una obligación y se crea otra a la vez.

Requisitos y efectos

  1. Se necesita que exista una obligación anterior, una nueva y la validez de ambas.
  2. La modificación debe recaer sobre un elemento estructural del vínculo (sujetos, objeto, causa). La obligación primitiva y la nueva deben ser diferentes hasta el punto de que sean incompatibles. Un cambio en elementos no esenciales de la obligación, como el plazo o el interés, no generan novación.
  3. Ambas partes deben tener capacidad para celebrar los actos jurídicos.
  4. Las partes deben tener la intención de extinguir la obligación y reemplazarla por otra: Animus novando.
  5. La novación extingue la obligación anterior con todos los accesorios y garantías.

La novación se hace de tres maneras;  primero, cuando el deudor contrae una nueva deuda con el acreedor que sustituye a la antigua, quedando esta extinguida, segundo, cuando se sustituye un nuevo deudor al antiguo, que queda libre por el acreedor, tercero, cuando por efecto de un nuevo compromiso se sustituye un nuevo acreedor al antiguo, respecto al cual el deudor se encuentra libra. 

La novación no puede efectuarse sino entre personas capaces de contratar.

La novación no se presume, en el acto, la voluntad debe hacerse que resulte lo mas clara posible.

La delegación por la cual un deudor da al acreedor otro deudor que se obliga respecto del acreedor, no produce la novación, si el acreedor no ha declarado expresamente que quería dejar libre al deudor con quien hace la delegación

El acreedor que dejó libre al deudor por quien se hizo la delegación, no puede recurrir contra éste, si el delegado lleva a ser insolvente, a menos que el acto no contenga una reserva expresa, o que el delegado no estuviese en quiebra manifiesta, o caer en insolvencia en el momento de la delegación

Las simple indicación hecha por el deudor de una persona que deba pagar en su lugar, no produce novación. Sucede lo mismo con la simple indicación que haga acreedor, de una persona debe recibir en lugar suyo. 

Los privilegios e hipotecas del antiguo crédito no pasan al que le sustituido a menos que el acreedor se los haya reservado expresamente.

Cuando la novación se verifica por la sustitución de un nuevo deudor, los privilegios e hipotecas primitivos del crédito no pueden trasladarse a los bienes del nuevo deudor

Por la novación hecha entre el acreedor y uno de los deudores solidarios, quedan libres los codeudores. La novación. Hecha con respecto al deudor principal, libra a los fiadores. Sin embargo, si ha exigido el acreedor en el primer caso, el consentimiento de los codeudores, o en el segundo el de los fiadores, el antiguo crédito subsiste, si los codeudores o los fiadores, rehúsan conformarse con el nuevo acomodo.

En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de derecho civil. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. le brindamos una sesión de  asesoría jurídico-legal exacta y oportuna. Para evaluar tu caso llámanos al 829 256 6865 o escríbenos a info@fc-abogados.com, También si deseas puedes chatear con nosotros aquí.

¡Pregúntanos sin Costo!

Permítenos evaluar tu caso, y seremos tus incansables defensores.

Tiempo límite de respuesta: 24h

Quiénes Nos Avalan

¡Pregúntanos Sin Costo!

En Santo Domingo, República Dominicana, contamos con el equipo legal más completo y eficaz para asesorarte. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L., evaluamos tu caso con meticulosidad, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, siempre en concordancia con la Constitución y las leyes del país

Nos comprometemos a comunicarnos contigo de manera clara, utilizando un lenguaje sencillo y oportuno, para proporcionarte las mejores estrategias y acciones a seguir con el fin de resolver tu situación o conflicto legal

Además, puede contactarnos a través de:

Carlos Felipe Law Firm es litigación estratégica, resultados contundentes ante los tribunales y en derecho procesal judicial. ¡Estamos aquí para ayudarte!"

Evaluar Mi Caso
Evaluar Mi Caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

Evaluamos tu caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

¡Pregúntanos!

Tiempo límite de respuesta: 24h

Suscríbete a Nuestro Boletín