En República Dominicana, la entidad encargada de regular la emisión de permisos para la operación de bancas de lotería es el Departamento de Evaluación y Estudio de la Dirección de Casinos y Juegos de Azar del Ministerio de Hacienda.
Consideraciones Iniciales
- La solicitud de Concesión de Permisos de Operación para Banca de Lotería deberán ser gestionadas de forma presencial a través de la Dirección de Casinos y Juegos de Azar (DCJA), o en línea, a través del Portal Web del Ministerio de Hacienda, (www.hacienda.gob.do).
- El solicitante deberá realizar los pagos correspondientes a las tasas administrativas establecidas por concepto del otorgamiento de permisos de operación para bancas de lotería e inspección. En caso de solicitudes presenciales, dicho pago se deberá realizar al momento de depositar la documentación, y para solicitudes en línea, una vez sea validada la documentación depositada.
- Los pagos de la tasa administrativa por concepto de solicitud de permiso de Operación para Banca (s) de Lotería, deberán ser realizados mediante las siguientes modalidades:
• Cheque de administración a nombre del Ministerio de Hacienda, y depositado en el área de caja del Ministerio de Hacienda;
•Depósitos de cheques de administración o transferencias en el Reservaras.
- El pago anteriormente referido no será reembolsable, y no atará ni comprometerá al Ministerio de Hacienda en la decisión que deba tomar sobre las solicitudes de Concesión de Permiso de Operación para Banca de Lotería. Se otorgará un Permiso Provisional de Operación para Banca de Lotería, hasta que se concluya exitosamente con el proceso de regularización.
Requisitos para la Solicitud de Concesión del Permiso Provisional de Operación para Banca de Lotería
- Para las solicitudes presenciales se deberá depositar en la Dirección de Casinos y Juegos de Azar una comunicación dirigida al Ministro de Hacienda, de solicitud de Concesión de permiso de operación para Banca de Lotería la cual deberá ser elaborada en hoja timbrada, sellada y firmada por el propietario de la banca, o en caso de ser una persona jurídica por el representante de la sociedad comercial, y deberá contener las siguientes informaciones:
•Nombre completo del solicitante, números telefónicos de contacto, número de Cédula de Identidad y Electoral, Pasaporte o RNC cuando se trate de una persona jurídica.•Especificar de manera clara nombre de la banca, así como la dirección, la calle: carretera o avenida; número; sección, paraje o sector; distrito municipal; municipio y provincia, según aplique.• En la comunicación se deberá indicar los siguientes datos relativos al medio de pago: Fecha, entidad bancaria, número y valor del cheque o número de referencia de la transferencia o del volante de depósito, por el cual se liquida la tasa administrativa, y anexar fotocopia del medio de pago.
- A las solicitudes de Permiso de Operación presenciales en la Dirección de Casinos y Juegos de Azar o en línea, se deberán anexar los siguientes documentos:
•Fotocopias (anverso y reverso) legibles de los documentos de identidad del solicitante o de todos los accionistas y representante(s) en caso de persona jurídica.•Certificación de no antecedentes penales del solicitante.
Si es una persona jurídica se deberá depositar dicha certificación de todos los accionistas de la sociedad comercial, expedidos por las autoridades judiciales competentes.• Certificación de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, expedida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), mediante la cual se haga constar que el solicitante está al día en el pago de sus obligaciones Fiscales.•Carta de referencia bancaria original de la persona física o jurídica, con fecha máxima de quince (15) días de antelación vigente al depósito de la solicitud del Permiso de Operación. Dicha carta debe reflejar su balance actual y balance promedio de los últimos tres (3) meses.•En caso de persona jurídica deberá depositar los Estados Financieros Auditados, certificados por un Contador Público Autorizado (CPA) o funcionario equivalente en caso de que la entidad sea una sociedad extranjera.•Formulario de Registro y Control para el sector de Bancas de Lotería, del Departamento de Prevención de Lavado de la Dirección de Casinos y Juegos de Azar, debidamente completado.• El solicitante debe ser el titular de la Marca/Nombre Comercial, de lo contrario, deberá aportar carta constancia sobre uso de Licencia de Nombre Comercial expedida por Oficina Nacional de Propiedad Industrial.• En caso de persona jurídica, depositar copia del Acta de Asamblea mediante el cual se designe la persona física autorizada a realizar la solicitud ante la Dirección de Casinos y Juegos de Azar, con su respectiva Nómina de Accionistas y el Certificado del Registro Mercantil vigente, certificados por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente, conforme lo establecido en la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada Núm. 479-08.•En caso de designación de un representante legal, se deberá depositar el original del Poder de Representación, debidamente notariado y legalizado en la Procuraduría General de la República, mediante el cual se especifique claramente los alcances jurídicos de la representación, además de fotocopia de la Cédula de Identidad y Electoral del apoderado. - Los documentos legales pertenecientes a empresas o accionistas extranjeros, deberán ser apostilladas y certificadas por el Consulado de la República Dominicana o en el país donde residen los solicitantes. En caso de estar emitido en otro idioma, deberán estar debidamente traducidos al español por un traductor oficial. cuya firma debe ser legalizada en la Procuraduría General de la República.
•En caso de las certificaciones, se deberá presentar el documento equivalente, expedido por las autoridades correspondientes de su país de origen.
- Para las solicitudes presenciales en la Dirección de Casinos y Juegos de Azar, se deberá entregar un (1) Original y una (1) copia de todos los documentos.
Permiso Definitivo de Operación:
- Estar interconectado con el Sistema de Control y Monitoreo de Bancas de Loterías del Ministerio de Hacienda.
- Visto favorable de la inspección en cuanto al cumplimiento a la ubicación del local donde operará la banca de lotería, el cual deberá estar mínimo a doscientos (200) metros lineales de distancia de: Escuelas públicas, Colegios privados, Estancias Infantiles, Centros de Atención Integral para la Discapacidad (CAID), Hospitales, Iglesias que estén debidamente incorporadas y sedes principales de los tres Poderes del Estado.
•El solicitante podrá obtener el procedimiento detallado para la realización de las solicitudes de Permiso de Operación de Bancas de Lotería, así como también dar seguimiento a dichas solicitudes, a través del portal del Ministerio de Hacienda (www.hacienda.gob.do); para solicitudes presenciales ingresando el código de registro suministrado al momento de depositar la documentación, y para solicitudes realizadas en línea, ingresando su nombre de usuario y la contraseña en la plataforma de servicio en línea de Solicitud de Permiso de Operación de Bancas.•En caso de no cumplir con todos los requisitos establecidos, dentro de un plazo de noventa (90) días calendario, el permiso de operación provisional será revocado.• Completado el proceso de regularización, la Dirección de Casinos y Juegos de Azar podrá requerir otros documentos a los fines de verificar el cumplimiento de lo establecido en la Ley núm. 155-17, Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, sus Reglamentos de Aplicación, así como a la Norma número. 204-14. Estos documentos deberán ser depositados a más tardar a los noventa (90) días calendario posteriores a la entrega del permiso de operación definitivo.
En Santo Domingo, República Dominicana, contamos con el equipo legal más completo y eficaz para asesorarte en derecho registral. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L., evaluamos tu caso con minuciosidad, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, siempre en concordancia con la Constitución y las leyes del país.
Nos comprometemos a comunicarnos contigo de manera clara, utilizando un lenguaje sencillo y oportuno, para proporcionarte las mejores estrategias y acciones a seguir con el fin de resolver tu situación o conflicto legal.
Puede contactarnos a través de:
???? Teléfono: 829-256-6865
???? WhatsApp: 1-809-847-8731
✉️ Correo:info@fc-abogados.com
Carlos Felipe Law Firm es litigación estratégica, resultados contundentes ante los tribunales y en derecho procesal judicial. ¡Estamos aquí para ayudarte!
