Jurisprudencia · DISCAPACIDAD

¿Puede tu pensión vencer? Lo que dice el Tribunal Constitucional

Tribunal Constitucional de la República DominicanaTC-0007-2026Publicada el 7 de octubre de 2026

¿Puede una aseguradora negarte una pensión por discapacidad alegando que reclamaste demasiado tarde?

Eso fue parte de lo discutido en la Sentencia TC/0007/26, dictada por el Tribunal Constitucional el 9 de febrero de 2026.

En el caso, una afiliada tenía reconocida una discapacidad permanente de 57.99 %, pero Seguros Universal rechazó su reclamación apoyándose en una cláusula de prescripción contenida en la póliza de discapacidad y sobrevivencia. tc-0007-26-tc-05-2025-0242_

El Tribunal Constitucional reiteró un criterio fundamental: las cláusulas que establecen una prescripción extintiva para reclamar pensiones por discapacidad o sobrevivencia son contrarias a la Constitución y a la Ley 87-01. Una disposición contractual o administrativa no puede limitar un derecho fundamental ni colocarse por encima de la ley o de la Constitución. tc-0007-26-tc-05-2025-0242_

Aunque el Tribunal revocó la sentencia anterior por un aspecto procesal, conoció directamente el amparo bajo la vía correcta y terminó ordenando a Seguros Universal y AFP Popular conceder la pensión correspondiente al 57.99 % de discapacidad, pagar retroactivamente las sumas adeudadas e impuso una astreinte de RD$2,000 por cada día de retraso en el cumplimiento. tc-0007-26-tc-05-2025-0242_

La enseñanza es clara: que una condición aparezca escrita en una póliza no significa automáticamente que sea válida. Una cláusula contractual no puede borrar un derecho que la Constitución protege.

Esto es EL CRITERIO: una sentencia, un criterio, una enseñanza para todos.

Si conoce a alguien a quien le hayan negado una pensión alegando que reclamó fuera de plazo, compártale este video.

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