El artículo 1 de la Ley núm. 146-02, sobre seguro y fianzas, define el seguro como la forma de satisfacer necesidades individuales, posibles, definidas y calculables, mediante la contribución específica y económicamente factible de un grupo grande de unidades de exposición, sujetas a peligros iguales. Un seguro es un contrato, denominado póliza de seguro, por el que una Compañía de Seguros (el asegurador) se compromete, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado; bien a través de un capital, una renta, o a través de la prestación de un servicio. En este contrato intervienen: el asegurador, que siempre ha de ser una compañía de seguros, que es la entidad responsable de la cobertura en caso de siniestro; el asegurado, propietario de la póliza de seguro y responsable del pago de la prima correspondiente; y el beneficiario, que es la persona que cobrará la indemnización correspondiente en caso de siniestro. No siempre estas tres figuras han de ser la misma persona pudiendo ser todos distintos.
El seguro es un contrato que permite cubrir una contingencia pagando por ello una prima (el asegurado) a la compañía aseguradora o reaseguradora.
Los seguros, ¿Qué son y cómo funcionan?
Una gestión adecuada de los riesgos implica una combinación de diversas acciones dirigidas a la protección de las personas y de su patrimonio. Algunas de las acciones que se pueden llevar a cabo son:
- Prevenir la aparición de situaciones que causen daños.
- Mantener los bienes en las condiciones adecuadas.
- Ahorrar para subsanar los posibles daños futuros.
- Tener unos hábitos de vida saludables.
Tipos de seguros
Existen diferentes dos clases de seguros, los seguros de personas y los seguros contra daños:
- Seguros de personas
Se incluyen los riesgos que pueden afectar a la salud o integridad física del asegurado.
- Seguro de vida: Es aquél seguro que cubre el riesgo de muerte de una persona. La persona asegurada no puede ser menor de 14 años.
- Seguro de accidente: Este segurocubre las lesiones debidas a un incidente que suponga una invalidez temporal, permanente o muerte.
- Seguro de enfermedad: Con este seguro,se garantiza el pago de ciertas cantidades y gastos de asistencia médica y farmacéutica en el caso de que el asegurado se ponga enfermo.
- Seguros contra daños
Se incluyen los seguros cuyos efectos hayan afectado económicamente tanto a los bienes muebles como a los inmuebles (una casa, una finca, etc.). La categoría de los seguros de vehículos es una de las más importantes.
- Seguro Obligatorio: Se encarga de cubrir los daños materiales y personales que el conductor cause con su vehículo a un tercero.
- Seguro voluntario: Cubre otras garantías al seguro obligatorio para cubrir los daños que se puedan causar en el propio coche como rotura de lunas, robo o incendio y las lesiones producidas a los ocupantes.
- Seguro a todo riesgo: Es el seguro que tiene mayor cobertura, ya que abarca casi todos los daños propios y ajenos tanto de los vehículos como de las personas.
- Seguro a todo riesgo con franquicia: En este tipo de seguro el asegurado y la asegurado comparten riesgos.
La transferencia de parte, o la totalidad, de un riesgo aceptado por un asegurador a otro asegurador o reasegurador, denominándose cedente al asegurador original y reasegurador al segundo.
Coaseguro
La participación de dos o más aseguradores en el mismo riesgo, en virtud de contratos directos suscritos por cada uno de ellos con el asegurado, asumiendo cada asegurador, por separado, responsabilidad sobre una parte de la suma total asegurada. Se entiende también por coaseguro la participación del asegurado, en su propio riesgo.
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