La escritura pública es un instrumento notarial por el cual se deja constancia de un contrato o acto jurídico. Es decir, la escritura pública es un documento a través del cual un notario certifica un acontecimiento, por ejemplo, la firma de un contrato. Así, revisa el contenido del mismo, y dejando constancia de su existencia y de momento en el que se está firmando (por parte del notario y de los partícipes).
Una escritura pública es un documento público en el que se realiza ante un notario público un determinado hecho o un derecho autorizado por dicho fedatario público, que firma con el otorgante u otorgantes, mostrando sobre la capacidad jurídica del contenido y de la fecha en que se realizó.
La escritura pública incluirá una o varias declaraciones de las personas que forman parte del contrato o acto en cuestión.
El notario, por su parte, deberá pedir una serie de papeles que se suelen solicitar como requisito legal, como los documentos de identidad de los contratantes.
Así, firmando la escritura pública, el notario le da validez legal al hecho en cuestión, dejando constancia del mismo para mayor seguridad de los participantes. Además, en caso corresponda, se puede hacer la inscripción en registros públicos.
La diferencia entre escritura pública y acta notarial es que la primera tiene fuerza jurídica y solo puede impugnarse vía judicial.
En cambio, un acta notarial implica hechos o actos jurídicos (y no contratos). Estos pueden ser revocables y no son inscritos en registros públicos. Nos referimos, por ejemplo, a la declaración de la existencia de un documento.
Partes de una escritura pública
Una escritura pública se comprende de tres apartados:
- Introducción (o proemio)
- encabezamiento – consta el número de protocolo, el notario que lo va a autorizar y en su caso el notario para cuyo protocolo se va a autorizar, y el lugar y la fecha del otorgamiento
- comparecencia – se explica quién comparece físicamente ante el notario y se indican sus datos personales, domicilio y documento de identidad.
- Cuerpo documental
- parte expositiva (o exposición) – antecedentes y declaraciones
- parte dispositiva (o estipulación) – disposiciones y estipulaciones
- Conclusión (o cierre)
- advertencia – la expresión de la ejecución de las solemnidades de la ley
- otorgamiento – firma de los comparecientes
- autorización – firma del notario
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