Cobro o pago de lo dado o recibido en préstamo, según la posición de acreedor o deudor que se considere. I Vuelta de una suma a poder del que la había desembolsado o al de su derecho habiente. I Reintegro del valor de la cosa remitida, antes de la entrega o en el acto mismo.
Descríbalo con sus propias palabras. No hace falta que identifique la figura legal ni que tenga toda la documentación. En 24 horas recibirá una respuesta sobre las vías que proceden y los plazos que corren.