Diccionario Jurídico

Literal

Conforme a la letra de un texto, sin tergiversarlos ni entregarse a interpretaciones complicadas o sutiles. I Según el sentido propio y directo de las palabras, y no con arreglo a acepción lata o figurada. I Cuando una traducción se ajusta exactamente a texto original, por la integridad y fidelidad de la versión, se dice de ella que es literal; a lo cual no se oponen los cambios que el diverso genio de cada idioma exija por los giros, cacofonías, ambigüedades y demás detalles que el traductor cuidadoso ha de considerar. I Textual. I Al pie de la letra. I Dícese de la copia exacta de un original; fidelidad que se concreta a las palabras, no a la imitación material.

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