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Delitos: Tráfico de Influencias

Diseno Sin Titulo 8 Abogado

El delito de tráfico de influencias es una manifestación de la corrupción administrativa, y se comete cuando alguien influye en un funcionario público o autoridad haciendo uso del prevalimiento para que emita una resolución que pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico, ya sea para sí o para un tercero.

El tráfico de influencias es una práctica ilegal, o al menos éticamente objetable, que consiste en utilizar la influencia personal en ámbitos de gobierno o incluso empresariales, a través de conexiones con personas, y con el fin de obtener favores o tratamiento preferencial

Naturalmente se buscan conexiones con amistades o conocidos para tener información, y con personas que ejerzan autoridad o que tengan poder de decisión, y a menudo esto ocurre a cambio de un pago en dinero o en especie, u otorgando algún tipo de privilegio.

Características del delito de tráfico de influencias

El bien jurídico protegido del delito de tráfico de influencias es la protección de la Administración pública como instrumento al servicio de los ciudadanos, así como su imparcialidad en la toma de decisiones por parte de los funcionarios públicos. Es decir, que se protege su correcto funcionamiento y trata de evitar comportamientos abusivos o corruptos.

Se trata de un delito de mera actividad, puesto que su consumación no requiere la obtención del resultado buscado. Por lo tanto, no cabe la comisión en grado de tentativa.

Para que este delito se cometa deben concurrir tres requisitos:

  1. Influencia ejercida sobre la autoridad o funcionario público que debe dictar una resolución. No basta la mera sugerencia, recomendación o indicación, sino que la influencia debe provenir de una presión derivada de las relaciones especiales entre el sujeto activo y el sujeto pasivo.
  2. Prevalimiento, entendido como la situación provocada por la influencia ejercida. Si el culpable es un funcionario público, el prevalimiento puede provenir del ejercicio de las facultades propias del cargo o de una relación jerárquica, así como de una relación personal, ya sea de amistad, afectividad, parentesco o compañerismo. Este último caso también se aplica al tráfico de influencias cometido por particulares.
  3. Las actuaciones deben estar dirigidas a obtener una resolución beneficiosa económicamente para el sujeto activo o para un tercero. No obstante, el delito se consuma sin necesidad de que se consiga la resolución.

Caso de la República Dominicana

En República Dominicana, este delito no se encuentra tipificado como tal, sino que es accesorio a otros como el lavado de activos, la corrupción administrativa, etc.

De acuerdo al proyecto de ley del nuevo Código Penal dominicano que cursa en el Cogreso Nacional, el mismo contempla la tipificación del delito de tráfico de influencias.

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