La apropiación indebida es un delito contra el patrimonio (en ciertos países, delito contra la propiedad) consistente en el apoderamiento de bienes ajenos, con intención de lucrarse cuando esos bienes se encontraban legalmente en su posesión a través de otros títulos posesorios distintos de la propiedad. El sujeto debe poseer los bienes ajenos, como pueden ser el depósito, la comisión o la administración, con la obligación de entregarlos o devolverlos a otra persona.
En algunas legislaciones, también comete apropiación indebida quien se apropia de una cosa perdida o de dueño desconocido. Si bien se suele requerir en este caso que el valor de lo apropiado supere una cierta cantidad (debe tener un valor económico importante, que demuestre que no se trata de algo abandonado, sino extraviado, simplemente). También incluye esta apreciación la persona que recibe algo por error del transmitente y posteriormente niega su recepción o no procede a su devolución.
El delito de apropiación indebida se comete cuando una persona se adueña de una cosa que le ha sido confiada pese a tener la obligación de devolverla, causando un perjuicio patrimonial a su legítimo propietario.
La Real Academia de la Lengua define como apropiación indebida al delito que comete quien hace suya una cosa que ha recibido con obligación de devolverla.
¿Cuál sería el bien jurídico protegido?
La doctrina cifra el objeto de protección en el derecho de propiedad de los bienes muebles. También, existen muchos casos de apropiación indebida de dinero.
Debemos diferenciar 5 elementos que integran el delito de apropiación indebida:
- El autor del delito obtiene una posesión legítima que transforma posteriormente en ilegítima.
- Este dinero, cosa mueble, efectos, etc… debe estar en posesión de una persona que posteriormente esté obligada a devolverlo.
- Apropiación significa incorporar al patrimonio propio lo que se recibió en posesión y que se debía devolver.
- Quien comete el delito debe tener ánimo de lucro. Justamente es el momento donde la la posesión que era legítima se transforma en ilegítima.
- La conducta debe ser perjudicial para otra persona.
Diferencia con otros delitos contra el patrimonio
La apropiación indebida se diferencia del robo y del hurto por la forma en la que el que comete el delito entra a tomar posesión de los bienes. La posesión es en un principio suya, de forma completamente legal (lo tiene en depósito o es el administrador), pero sustrae la cosa ilegalmente con posterioridad, y aprovechándose de la situación jurídica existente.
En algunos países se agrupa la apropiación indebida dentro del mismo grupo que las estafas.
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