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Traslación fiscal

Diseno Sin Titulo 11 Legal

Las leyes establecen que la obligación de pagar impuestos surge cuando alguien realiza un determinado hecho, que se denomina hecho imponible. Este hecho puede ser de lo más diverso. Puede ser obtener una renta, entregar alguna cosa, prestar algún servicio o la adquisición gratuita de bienes o derechos, por poner solamente algunos ejemplos. A quien realiza ese hecho, el hecho imponible del impuesto, se le denomina contribuyente. Normalmente, no siempre porque la ley puede designar un sustituto, ese contribuyente será tendrá una serie de obligaciones como la de pagar o la de cumplir con formalidades.

La traslación fiscal, según el diccionario panhispánico del español jurídico, es el proceso por el que el contribuyente obligado por la ley al pago del gravamen –la persona sobre la que recae el impacto fiscalfuerza a otras personas a cubrirlo, ya mediante protraslación –obligando el vendedor a los clientes a pagar todo o parte del impuesto mediante un aumento del precio de los bienes o servicios–, ya mediante retrotraslación, pagando el comprador menos a sus proveedores por los bienes y servicios adquiridos.

La Dirección general de Impuestos Internos define la traslación fiscal como el hecho de pasar la carga del impuesto a otra u otras personas. La incidencia: Es la caída del impuesto sobre la persona que realmente lo paga, es decir, que ve afectada su economía por el impacto del impuesto.
La traslación de impuestos, que implica la distinción entre contribuyentes de derecho y contribuyentes de hecho mediante un proceso de traspaso de la carga tributaria, en especial de empresarios a consumidores, está fundada en una defectuosa teoría del valor y revela una interpretación errónea acerca de la naturaleza del proceso de mercado.
La traslación de un impuesto ocurre cuando el contribuyente de derecho transfiere el impuesto a otro contribuyente.
Ejemplo: los fabricantes de cigarrillos (contribuyentes de derecho) pagan el impuesto que luego trasladan al precio del producto. En definitiva, el que carga con el impuesto es el consumidor.
La traslación puede ser:
Hacia adelante: cuando se incluye el impuesto en el importe facturado al cliente.
Hacia atrás: cuando se obtiene de los proveedores una rebaja igual al impuesto que se traslada.

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