Las leyes establecen que la obligación de pagar impuestos surge cuando alguien realiza un determinado hecho, que se denomina hecho imponible. Este hecho puede ser de lo más diverso. Puede ser obtener una renta, entregar alguna cosa, prestar algún servicio o la adquisición gratuita de bienes o derechos, por poner solamente algunos ejemplos. A quien realiza ese hecho, el hecho imponible del impuesto, se le denomina contribuyente. Normalmente, no siempre porque la ley puede designar un sustituto, ese contribuyente será tendrá una serie de obligaciones como la de pagar o la de cumplir con formalidades.
La traslación fiscal, según el diccionario panhispánico del español jurídico, es el proceso por el que el contribuyente obligado por la ley al pago del gravamen –la persona sobre la que recae el impacto fiscal– fuerza a otras personas a cubrirlo, ya mediante protraslación –obligando el vendedor a los clientes a pagar todo o parte del impuesto mediante un aumento del precio de los bienes o servicios–, ya mediante retrotraslación, pagando el comprador menos a sus proveedores por los bienes y servicios adquiridos.
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