El recurso de casación es un recurso extraordinario que tiene por objeto anular una sentencia judicial “que contiene una incorrecta interpretación o aplicación de la ley” o que ha sido dictada en un procedimiento que no ha cumplido las solemnidades legales (debido proceso), es decir por un error in iudicando o bien error in procedendo, respectivamente. Su fallo le corresponde al tribunal de mayor jerarquía, como la corte suprema. En ocasiones también puede encargarse del recurso un órgano jurisdiccional jerárquicamente superior o en su caso uno específico. En algunos estados existe algún tipo de tribunal constitucional como organismo de última instancia jurídica autorizado a revisar y revocar sentencias relacionadas con los principios constitucionales, mientras que en otros es el tribunal de máxima instancia (habitualmente llamado Supremo o Alto) quien se encarga de estas revisiones constitucionales.
El recurso de casación en un proceso penal es un tipo de recurso extraordinario que se debe presentar ante la Suprema Corte de Justicia para solicitar la impugnación contra una sentencia judicial.
Funciones
Sus funciones principales son obtener:
- Aplicación correcta de la ley por parte de los diversos tribunales, como garantía de seguridad o certeza jurídica.
- Unificación de la interpretación de las leyes a través de un solo órgano, fijando la jurisprudencia.
Características
Dado que el Derecho procesal es muy variable en cada país y en el tiempo, podemos resumir las características de la casación en las siguientes:
- Es un recurso extraordinario, es decir, la ley la admite excepcionalmente y contra determinadas resoluciones judiciales.
- Sus causas están previamente determinadas. Ellas se pueden agrupar, básicamente, en infracciones al procedimiento, es decir errores de forma (error in procedendo) e infracción del Derecho, o sea errores de fondo (error in judicando).
- Posee algunas limitaciones a su procedencia, entre otras: la cuantía, sobre todo en casos de derecho civil y los motivos que se pueden alegar.
- Según la doctrina y jurisprudencia podemos encontrar dos variantes en relación con la amplitud de las facultades de revisión de las cuestiones acaecidas en un caso particular:
- En la interpretación más clásica, se le considera un Recurso no constitutivo de instancia, o sea, el tribunal puede pronunciarse solo sobre las cuestiones de Derecho. En otras palabras, la revisión es más limitada, pudiendo basarse solo en una incorrecta interpretación de la ley por parte de los órganos inferiores y nunca revisar los hechos de la causa.
- En una interpretación más amplia y circunscrita al recurso de casación en materia penal, se ha entendido que en la casación no sólo pueden revisarse cuestiones de hecho, sino que se deben revisar estos. No hacerlo implicaría la violación a la garantía de la doble instancia en el proceso penal, reconocida en diversos tratados internacionales sobre derechos humanos (por ejemplo, el artículo 8.2.h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos). Para sostener esta posición se utiliza la teoría alemana de la Leistungsfähigkeit (o agotamiento de las capacidades de revisión), que sostiene que un tribunal de casación debe revisar todo lo que le sea posible, quedando solamente excluidas las cuestiones directamente relacionadas al principio de inmediación.
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