La prórroga es un plazo adicional que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) otorga a los/las Contribuyentes para presentar sus declaraciones o pagar sus impuestos sin recargos.
La concesión de prórrogas para el pago del Impuestos sobre la Renta (ISR) no exime al contribuyente de pagar el Interés Indemnizatorio al momento de realizar la declaración al momento de realizar la declaración y pago.
La solicitud de prórroga del ISR podrá ser otorgada a los/las contribuyentes que estén al día en la declaración y pago de sus impuestos en el plazo aprobado el cual es de 60 días, será aceptada siempre que se haya solicitado dentro de los quince (15) días antes del vencimiento del plazo de presentación y pago de dicho impuesto.
Para hacer la solicitud de Prórroga del ISR deberá realizar los siguientes pasos:
1. Elabore una comunicación escrita, firmada y sellada indicando las razones de la solicitud de prórroga.
2. Deposite la comunicación en la Administración Local que le corresponda.
3. Si su solicitud fue aceptada, recibirá la autorización de pago para prórroga del ISR.
4. Pague el 30% del impuesto liquidado del año anterior a través de la Administración Locales si el monto a pagar es menor de RD$10,000.00, y si es mayor , en los bancos autorizados.(Banco López de Haro, BHI, Popular, BHD León, Progreso, Reserva, Scotiabank, Citygroup, Santa Cruz, Vimenca y Ademi).
5. Recibirá una comunicación de la DGII, donde le explican que su solicitud ha sido aceptada e indicándole la nueva fecha en la que deberá presentar su declaración y realizar sus pagos.
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