¿Qué es un pagaré notarial?
Es un pagaré que contiene características de lo que los abogados llamamos un acto auténtico. Tiene la fuerza legal que a tales actos otorga el artículo 545 del Código de Procedimiento Civil de la República Dominicana. Por ende, cumple con ciertos requisitos de forma y fondo, como el hecho de que es redactado por un Oficial Público, que generalmente lo es el Notario Público.
En las diferentes transacciones comerciales se utiliza frecuentemente el pagaré notarial como el documento principal para llevar a cabo la transacción deseada. Tanto es así, que en casi todos los acuerdos bancarios, solicitudes de préstamos, adquisición de bienes o para compromisos de deuda nos presentan como requisito o condición la firma de este documento.
Su razón principal consiste en que le otorga a los acreedores una garantía rápida y efectiva para lograr el cobro de las obligaciones pactadas. Su importancia legal radica en que acorta el tiempo de ejecución toda vez que tiene la fuerza ejecutoria de una sentencia, sin tener que agotar un procedimiento por ante los tribunal de la República.
Esto es así porque el mismo es redactado por ante un Notario Público, el cual da fe pública de las obligaciones acordadas entre las partes, así como también es redactado en presencia de dos testigos.
En ese orden, el artículo 545 del Código de Procedimiento Civil establece que: tienen fuerza ejecutoria…los actos notariales que contengan obligación de pagar cantidades de dinero. Otro aspecto importante es que normalmente el pagaré notarial es redactado de tal forma que compromete los bienes presentes y futuros del deudor, así como también sus bienes muebles como inmuebles.
Diferencia entre pagare notarial y pagare a la orden
El pagare notarial se diferencia del pagaré a la orden, en que éste es un documento sencillo, no redactado ante notario público y cuya finalidad es servir de compromiso monetario asumido por el deudor a favor del acreedor, y que para su validez es necesario que el deudor ponga de su puño y letra un “bueno y válido por la suma de”. Además este tipo de documento requiere un procedimiento más complejo para lograr su ejecución.
Es evidente, que ambos documentos, el pagaré notarial y el pagaré simple o a la orden, se han convertido en un medio a través del cual se han agilizado las transacciones comerciales por la garantía que brinda al acreedor sobre los bienes de su deudor, por lo que antes de firmar dicho documento es bueno analizar el compromiso que nos exige para su cumplimiento y no vernos afectados por su amplio poder de afectación.
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