En sentido muy amplio, cualquier agrupación o reunión de personas o fuerzas sociales. I Conjunto de familias con un nexo común, así sea tan sólo de trato.I Relación entre pueblos o naciones. I Agrupación natural o convencional de persona, con unidad distinta y superior a la de sus miembros individuales, que cumple, con la cooperación de sus integrantes, un fin general de utilidad común. I La clase dominante en la vida pública y suntuosa. I Asociación. I Sindicato. I Inteligencia entre dos o más para un fin. I Contrato en que dos o más personas ponen en común bienes o industria, para obtener una ganancia y repartirse los beneficios. I La humanidad en su conjunto de interdependencia y relación. I Compañía mercantil. I Consorcio. I Liga, alianza. I ACCIDENTAL. Según Escriche, el contrato por el cual, sin establecer compañía formal, se interesan algunos comerciantes en las operaciones de otros, contribuyendo para ellas con la parte de capital que convengan, y haciéndose partícipes de sus resultados prósperos o adversos, bajo la proporción que determinen. I ANÓNIMA. La simple asociación de capitales para una empresa o trabajo cualquiera. I CAPITALISTA En el Derecho Mercantil, aquella en que la aportación de los socios consiste en dinero. I CIVIL. La resultante del contrato de sociedad que rige el Derecho Civil, en contraposición a la sociedad mercantil (v.). I COLECTIVA. La que forman dos o más personas ilimitada y solidariamente responsables, que se unen para comerciar en común, bajo una firma social. I CONYUGAL Unión y relaciones personales y patrimoniales que, por el matrimonio, surgen entre los cónyuges. I COOPERATIVA. La que, poniendo en comunicación directa a sus distintos miembros para sus operaciones mercantiles, obtiene la supresión de intermediarios,y distribuye los beneficios entre sus asociados. I DE CAPITAL E INDUSTRIA. Con este nombre y con el de sociedad de habilitación, trata el Cód. de Com. arg. una variedad de la sociedad en comandita (v.), intermedia con las sociedades cooperativas. I DE HECHO. La que siendo lícita no ha llenado los requisitos legales sobre su constitución o que funciona sin ajustarse al régimen establecido. En especial, la que no consta por escrito. I EN COMANDITA o COMANDITARIA. Compañía mercantil basada en la dualidad de socios; colectivos unos, de responsabilidad ilimitada; y comanditarios otros, de limitada responsabilidad; por lo cual combina el sistema general de la sociedad colectiva(v.) en cuanto a los primeros, con las normas de la sociedad anónima (v.), a cuyos accionistas son asimilados los segundos. I EN COMANDITA POR ACCIONES. Variedad de la sociedad comanditaria (v.) normal, en que los socios comanditarios son accionistas, por estar el capital aportado por ellos distribuido en cuotas de igual valor unitario, como acciones; lo que permite su transmisión sin necesidad de obtener autorización de los socios gestores o colectivos. I LEONINA. Aquella en la cual se pacta o practica que uno de los socios quede exento de las pérdidas, o cuando a alguno se le prohibe anticipar de las ganancias la denominación procede de lo que el león, según la fábula de Esopo, hizo con los otros animales a la hora del reparto. I MERCANTIL. Asociación de personas y bienes o industria, para obtener lucro en una actividad comercial. I SECRETA. Asociación de hecho cuyos socios o miembros ocultan el nexo común y la finalidad social; o realizan ésta procurando no ser identificados. I Cualquiera en que existan pactos reservados, al menos en los aspectos a que hagan referencia, tenidos por nulos frente a terceros y en cuanto contraríen los estatutos de la entidad pública y legalmente constituida. I UNIVERSAL La que comprende una totalidad patrimonial, sea como conjunto de bienes de los socios o cual productos o beneficios que se obtengan con los mismos o con el trabajo.
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