Diccionario Jurídico

Sociedad

En sentido  muy  amplio,  cualquier agrupa­ción o reunión de personas o fuerzas sociales. I Conjunto de familias con un nexo común, así sea tan sólo de trato.I Relación entre pue­blos o naciones. I Agrupación natural o con­vencional de persona, con unidad distinta y superior a la de sus miembros individuales, que cumple, con la cooperación de sus inte­grantes, un fin general de utilidad común. I La clase dominante en la vida pública y sun­tuosa. I Asociación. I Sindicato. I Inteligen­cia entre dos o más para un fin. I Contrato en que dos o más personas ponen en común bie­nes o industria, para obtener una ganancia y repartirse los beneficios. I La humanidad en su conjunto de interdependencia y relación. I Compañía   mercantil.   I   Consorcio.   I  Liga, alianza.  I ACCIDENTAL. Según Escriche, el contrato por el cual, sin establecer compañía formal, se interesan algunos comerciantes en las operaciones de otros, contribuyendo para ellas con la parte de capital que convengan, y haciéndose partícipes de sus resultados prós­peros o adversos, bajo la proporción que de­terminen.  I ANÓNIMA. La simple asociación de capitales para una empresa o trabajo cual­quiera. I CAPITALISTA En el Derecho Mer­cantil, aquella en que la aportación de los so­cios consiste en dinero. I CIVIL. La resultante del contrato de sociedad que rige el Derecho Civil, en contraposición a la sociedad mercan­til (v.). I COLECTIVA. La que forman dos o más personas ilimitada y solidariamente res­ponsables, que se unen para comerciar en co­mún, bajo una firma social. I CONYUGAL Unión y relaciones personales y patrimonia­les que, por el matrimonio, surgen entre los cónyuges. I COOPERATIVA. La que, ponien­do en comunicación directa a sus distintos miembros para sus operaciones mercantiles, obtiene la supresión de intermediarios,y dis­tribuye los beneficios entre sus asociados. I DE CAPITAL E INDUSTRIA. Con este nom­bre y con el de sociedad de habilitación, trata el Cód. de Com. arg. una variedad de la socie­dad en comandita (v.), intermedia con las so­ciedades cooperativas. I DE HECHO. La que siendo lícita no ha llenado los requisitos lega­les sobre su constitución o que funciona sin ajustarse al régimen establecido. En especial, la que no consta por escrito. I EN COMANDITA o COMANDITARIA. Compañía mercantil basada en la dualidad de socios; colectivos unos, de responsabilidad ilimitada; y coman­ditarios otros, de limitada responsabilidad; por lo cual combina el sistema general de la sociedad colectiva(v.) en cuanto a los prime­ros, con las normas de la sociedad anónima (v.), a cuyos accionistas son asimilados los se­gundos. I EN COMANDITA POR ACCIONES. Variedad de la sociedad comanditaria (v.) normal, en que los socios comanditarios son accionistas, por estar el capital aportado por ellos distribuido en cuotas de igual valor uni­tario, como acciones; lo que permite su trans­misión sin necesidad de obtener autorización de los socios gestores o colectivos. I LEONI­NA. Aquella en la cual se pacta o practica que uno de los socios quede exento de las pérdi­das, o cuando a alguno se le prohibe anticipar de las ganancias la denominación procede de lo que el león, según la fábula de Esopo, hizo con los otros animales a la hora del reparto. I MERCANTIL. Asociación de personas y bie­nes o industria, para obtener lucro en una ac­tividad comercial. I SECRETA. Asociación de hecho cuyos socios o miembros ocultan el ne­xo común y la finalidad social; o realizan ésta procurando no ser identificados. I Cual­quiera en que existan pactos reservados, al menos en los aspectos a que hagan referen­cia, tenidos por nulos frente a terceros y en cuanto contraríen los estatutos de la entidad pública y legalmente constituida. I UNIVER­SAL La que comprende una totalidad patri­monial, sea como conjunto de bienes de los socios o cual productos o beneficios que se obtengan con los mismos o con el trabajo.

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