El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) ha emitido una nueva norma que regula el procedimiento de revocación de autorizaciones para prestar servicios de telecomunicaciones y uso del espectro radioeléctrico en la República Dominicana. Esta norma, establecida mediante la Resolución No. 060-2021 del Consejo Directivo, tiene como objetivo principal clarificar y estandarizar el proceso de revocación de autorizaciones, brindando mayor seguridad jurídica a las empresas del sector.
Aspectos Clave de la Norma
- Definiciones: la norma define términos clave como «archivo», «autorización», «interesados», «revocación», «Ley» y «plazos».
- Objeto: el objetivo de la norma es regular el procedimiento administrativo para la revocación total o parcial de autorizaciones para prestar servicios de telecomunicaciones, uso del espectro radioeléctrico o inscripción en registros especiales.
- Ámbito de Aplicación: la norma se aplica a todas las autorizaciones para prestar servicios de telecomunicaciones en la República Dominicana, de acuerdo con la Ley General de Telecomunicaciones No. 153-98.
- Causas de Revocación: las causas de revocación incluyen el incumplimiento del plan mínimo de expansión, la cesación de pagos, la reincidencia en infracciones graves, el uso ilegítimo de recursos del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, la imposibilidad de cumplimiento del objeto social, la desconexión, la suspensión injustificada del servicio y el incumplimiento de cualquier condición prevista en el contrato de concesión.
- Procedimiento de Revocación: el procedimiento se inicia de oficio o a petición de parte interesada, y se lleva a cabo ante el Consejo Directivo del INDOTEL. La Dirección Ejecutiva recaba la información necesaria para acreditar la causal de revocación. Se concede un plazo de 30 días hábiles al titular de la autorización para que presente su defensa. Se puede realizar una audiencia oral, pública y contradictoria. El Consejo Directivo emite una resolución motivada que pone fin al procedimiento.
- Plazos: la resolución se adopta en un plazo máximo de 30 días hábiles. El INDOTEL dispone de un plazo de 5 años para iniciar el procedimiento de revocación, contados a partir de la consumación de la causa.
- Efectos del Acto Revocatorio: la resolución debe expresar con claridad el alcance de la revocación y si tiene efectos retroactivos.
- Formas de Finalización: el procedimiento puede finalizar por resolución, renuncia, imposibilidad material, caducidad o convenio.
- Caducidad: el procedimiento caduca si en el transcurso de un año no se realiza alguno de sus trámites esenciales.
- Desistimiento: el desistimiento del interesado no suspende el procedimiento.
- Prescripción: la causa de revocación prescribe a los 5 años.