La Organización de las Naciones Unidas define el Estado de Derecho como «un principio de gobernanza en el que todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a leyes que se promulgan públicamente, se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, además de ser compatibles con las normas y los principios internacionales de derechos humanos. Asimismo, exige que se adopten medidas para garantizar el respeto de los principios de primacía de la ley, igualdad ante la ley, separación de poderes, participación en la adopción de decisiones, legalidad, no arbitrariedad, y transparencia procesal y legal».
Es la forma política de organización de la vida social por la que las autoridades que lo gobiernan están limitadas estrictamente por un marco jurídico supremo que aceptan y al que se someten en sus formas y contenidos. Por lo tanto, toda decisión de sus órganos de gobierno ha de estar sujeta a procedimientos regulados por ley y guiados por absoluto respeto a los derechos fundamentales.
El concepto que nos ocupa en esta reseña se utiliza en el plano político con prominencia. Un estado, como sabemos, es aquel territorio o unidad política superior y que como tal es autónoma y soberana. Los países, los estados, pueden estar gobernados de manera autocrática, que es aquel sistema que se caracteriza porque gobierna una sola persona que es quien tiene el poder total, no existe la división de poderes como por ejemplo existe en un sistema democrático. En la democracia, por caso existe un gobierno ejercido por una persona, que encarna el ejecutivo y toma las decisiones en este sentido, sin embargo, su poder estará limitado a ello y habrá otros dos poderes, legislativo y judicial que harán de contralor del primero.
«El concepto de estado de derecho está incorporado en la Carta de las Naciones Unidas. El Preámbulo de la Carta afirma que uno de los objetivos de las Naciones Unidas es “crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional.” Además, un propósito fundamental de las Naciones Unidas es “lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos dela paz”. La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 también da al estado de derecho un lugar central al afirmar que es “esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión…»
Conceptualmente el Estado de derecho contempla los siguientes puntos: 1) la estructura formal de un sistema jurídico y la garantía de libertades fundamentales a través de leyes generales aplicadas por jueces independientes (división de poderes); 2) libertad de competencia en el mercado garantizada por un sistema jurídico; 3) división de poderes políticos en la estructura del Estado; y 4) la integración de los diversos sectores sociales y económicos en la estructura jurídica.
Históricamente, el Estado de derecho apareció cuando en los estados modernos se luchó para que la personalización del poder del monarca diera paso a una organización política y administrativa regida por formas jurídicas establecidas con normas que la sociedad avale. La idea de limitar al Estado fue propuesta por Georg Jellinek.
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