Durante décadas, los procesos de divorcio se concentraron en la distribución de bienes tradicionales como viviendas, vehículos, cuentas bancarias, empresas y propiedades inmobiliarias. Sin embargo, la transformación digital de la economía ha dado origen a una nueva categoría patrimonial que plantea importantes desafíos jurídicos: los bienes digitales.
Criptomonedas, cuentas monetizadas en redes sociales, canales de YouTube, tiendas virtuales, dominios de internet, videojuegos con valor económico, activos digitales y contenido monetizable forman parte de un patrimonio que cada vez tiene mayor relevancia económica.
La pregunta es inevitable: ¿qué ocurre con estos bienes cuando una pareja se divorcia?
Aunque el derecho dominicano todavía no cuenta con una regulación específica sobre la división de activos digitales en los procesos de divorcio, los principios generales del derecho patrimonial y del régimen matrimonial permiten abordar esta nueva realidad jurídica.
¿Qué son los bienes digitales?
Los bienes digitales son activos intangibles que existen en formato electrónico y que pueden poseer un valor económico, comercial o patrimonial.
Entre los más comunes se encuentran:
- Criptomonedas.
- Cuentas monetizadas de YouTube.
- Perfiles de Instagram con ingresos publicitarios.
- Canales de TikTok generadores de ingresos.
- Tiendas de comercio electrónico.
- Dominios web.
- Blogs monetizados.
- Activos en videojuegos.
- NFT (Tokens No Fungibles).
- Derechos sobre contenido digital.
- Bibliotecas digitales con valor comercial.
- Aplicaciones móviles desarrolladas durante el matrimonio.
Aunque no poseen una existencia física, muchos de estos activos pueden generar ingresos superiores a los de negocios tradicionales.
El patrimonio digital y el matrimonio
Desde una perspectiva jurídica, el elemento determinante no es si el bien es físico o digital.
Lo relevante es determinar:
- Cuándo fue adquirido.
- Cómo fue financiado.
- Quién contribuyó a su desarrollo.
- Bajo qué régimen matrimonial se encuentran los cónyuges.
Si un activo digital fue creado o adquirido durante el matrimonio y forma parte del patrimonio común, podría ser susceptible de división al momento del divorcio.
El caso de las criptomonedas
Las criptomonedas constituyen probablemente el activo digital que más controversias genera en los procesos de divorcio.
Bitcoin, Ethereum y otros criptoactivos pueden alcanzar valores significativos y, en muchos casos, resultar difíciles de rastrear.
Los principales desafíos jurídicos incluyen:
Identificación del activo
A diferencia de una cuenta bancaria tradicional, las criptomonedas pueden almacenarse en billeteras digitales privadas sin intervención de instituciones financieras.
Determinación del valor
La volatilidad de estos activos puede provocar importantes variaciones de precio entre la fecha de separación y la fecha de liquidación patrimonial.
Ocultamiento patrimonial
Algunos cónyuges pueden intentar ocultar la existencia de criptomonedas durante el proceso de divorcio, generando conflictos probatorios complejos.
Redes sociales como activos patrimoniales
Muchas personas consideran sus perfiles en redes sociales simples espacios de interacción personal.
Sin embargo, cuando estas cuentas generan ingresos mediante publicidad, patrocinios o actividades comerciales, adquieren una dimensión económica que puede resultar relevante en un proceso de divorcio.
Un perfil de Instagram con cientos de miles de seguidores o un canal de YouTube monetizado puede representar un activo empresarial de considerable valor.
En estos casos, los tribunales podrían verse obligados a analizar si existe un valor patrimonial susceptible de distribución o compensación económica.
¿Puede dividirse una cuenta de redes sociales?
La respuesta no es sencilla.
Una cuenta personal suele estar estrechamente vinculada a la identidad de su titular.
Por ello, en muchos casos no resulta viable dividir directamente la titularidad del perfil.
Sin embargo, sí podría evaluarse:
- El valor económico generado.
- Los ingresos obtenidos.
- Los beneficios comerciales derivados de la cuenta.
- Las inversiones realizadas durante el matrimonio para desarrollar dicha plataforma.
La solución podría consistir en una compensación económica y no necesariamente en la transferencia de la cuenta.
Los negocios digitales creados durante el matrimonio
Cada vez es más frecuente que uno de los cónyuges desarrolle:
- Tiendas virtuales.
- Plataformas de cursos en línea.
- Aplicaciones móviles.
- Servicios digitales.
- Negocios basados en contenido digital.
Cuando estas actividades fueron creadas y desarrolladas durante el matrimonio utilizando recursos comunes, podrían formar parte del patrimonio sujeto a liquidación.
La valoración de estos negocios constituye uno de los mayores retos para peritos y tribunales.
El problema de la valoración económica
Uno de los principales obstáculos en materia de bienes digitales es determinar su valor real.
Mientras que una vivienda puede tasarse mediante métodos relativamente consolidados, la valoración de activos digitales suele depender de múltiples factores:
- Ingresos históricos.
- Potencial de crecimiento.
- Alcance de audiencia.
- Posicionamiento digital.
- Propiedad intelectual asociada.
- Valor de mercado.
La participación de expertos financieros y tecnológicos será cada vez más importante en estos litigios.
La prueba digital en el divorcio
Los bienes digitales también plantean desafíos probatorios.
Con frecuencia resulta necesario acreditar:
- Titularidad de cuentas.
- Ingresos generados.
- Existencia de criptomonedas.
- Participación en negocios digitales.
- Transferencias electrónicas.
- Contratos celebrados por medios digitales.
La evidencia electrónica adquiere una importancia creciente dentro de los procesos de familia modernos.
¿Está preparado el derecho dominicano?
La legislación dominicana fue concebida en una época donde el patrimonio estaba compuesto principalmente por bienes físicos.
Sin embargo, la economía digital está modificando profundamente esta realidad.
Aunque los principios generales del derecho patrimonial permiten abordar muchos de estos conflictos, es probable que en los próximos años surja la necesidad de desarrollar normas más específicas sobre:
- Activos digitales.
- Criptomonedas.
- Herencia digital.
- División patrimonial electrónica.
- Valoración de negocios digitales.
Los tribunales tendrán un papel fundamental en la adaptación de las instituciones tradicionales a estos nuevos desafíos.