Para su beneficio como acreedor, cualquier deudor puede ser embargado, salvo aquellos exceptuados expresamente por la ley. En ningún caso el valor de los bienes embargados excederá la suma que motivó la medida, más un cincuenta por ciento de la misma.
Cada medida ejecutoria tiene condiciones específicas, pero sin perjuicio de estas, quien posea un crédito cierto, líquido y exigible, contenido en alguno de los títulos ejecutorios, puede imponer los embargos previstos en nuestra legislación.
Los embargos son procedimientos destinados a obtener el cumplimiento forzoso de una obligación. Esto se logra mediante la apropiación de bienes en cantidad suficiente para satisfacer la deuda, seguido de su venta en subasta pública. El producto de la venta se utiliza para pagar al acreedor la deuda y otros gastos adicionales, como intereses y costas.
En Carlos felipe law firm brindamos asesoría y defensa legal en procesos de ejecuciones y embargos. Nuestros abogados expertos en derecho mercantil y civil están altamente capacitados para representar a nuestros clientes en estos procesos, garantizando sus derechos y buscando una solución eficiente a su situación.
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