Una reciente decisión del Tribunal Constitucional ha generado importantes repercusiones dentro de la comunidad jurídica dominicana. Mediante la Sentencia TC/0331/26, la alta corte declaró inconstitucionales diversas disposiciones de la Ley núm. 3-19 que crea el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), eliminando los tribunales disciplinarios establecidos en los distintos distritos judiciales del país.
La decisión supone una transformación significativa del sistema disciplinario aplicable a los abogados, al concentrar la potestad sancionadora en un único órgano nacional.
¿Qué decidió el Tribunal Constitucional?
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente una acción directa de inconstitucionalidad presentada por el Movimiento para el Rescate del Colegio de Abogados (MORECA) contra varios artículos de la Ley 3-19. Como resultado, fueron declarados inconstitucionales los artículos 56 y 58, así como sus párrafos, que regulaban la existencia de tribunales disciplinarios en cada distrito judicial.
La sentencia concluyó que el diseño legal generaba problemas de seguridad jurídica al coexistir órganos disciplinarios con competencias similares, lo que podía provocar incertidumbre respecto de cuál era la autoridad competente para juzgar las faltas éticas de los abogados.
El Tribunal Disciplinario de Honor será la única instancia nacional
Tras la decisión, el Tribunal Disciplinario de Honor del CARD, con sede en el Distrito Nacional, queda como la única instancia competente para conocer, en primer grado, los procedimientos disciplinarios contra abogados por presuntas infracciones éticas cometidas en el ejercicio profesional.
Esto implica el abandono de un modelo descentralizado basado en tribunales provinciales y la adopción de una estructura centralizada para el conocimiento de las faltas disciplinarias.
¿Qué ocurrirá con los casos que ya están en curso?
Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es que el Tribunal Constitucional evitó que se produjera un vacío procesal.
La decisión establece que los expedientes disciplinarios que actualmente se encuentran en conocimiento de los tribunales distritales podrán continuar su tramitación hasta su conclusión, aplicando las reglas vigentes al momento de iniciarse el proceso.
De esta manera, se protege la seguridad jurídica y se evita que decenas de procedimientos disciplinarios queden paralizados o sin una solución definitiva.
La importancia del principio de seguridad jurídica
El Tribunal Constitucional fundamentó parte de su análisis en la necesidad de garantizar certeza sobre la autoridad competente para juzgar disciplinariamente a los profesionales del derecho.
La coexistencia de tribunales nacionales y distritales con funciones similares podía generar conflictos de competencia y afectar garantías esenciales vinculadas al debido proceso.
La seguridad jurídica exige que los ciudadanos conozcan con claridad cuál es el órgano facultado para conocer de una controversia y cuáles son las reglas aplicables a cada procedimiento.
¿Desaparece el régimen disciplinario de los abogados?
No.
La sentencia no elimina la facultad disciplinaria del Colegio de Abogados ni suprime el Tribunal Disciplinario de Honor.
Por el contrario, el Tribunal Constitucional rechazó las pretensiones dirigidas a eliminar dicho órgano y confirmó la validez constitucional de las disposiciones legales que regulan su integración y funcionamiento.
En consecuencia, los abogados continúan sujetos a responsabilidad disciplinaria por faltas éticas cometidas en el ejercicio de la profesión.
Antecedentes de cuestionamientos al sistema disciplinario
La decisión se produce en un contexto de crecientes cuestionamientos sobre la estructura disciplinaria de la profesión jurídica.
Meses antes, el propio Tribunal Constitucional había declarado inconstitucionales disposiciones que permitían establecer infracciones y sanciones disciplinarias mediante decretos, al considerar que esa materia corresponde al legislador y no al Poder Ejecutivo.
Asimismo, diversos procesos judiciales habían puesto en debate la necesidad de fortalecer las garantías del debido proceso dentro de los procedimientos disciplinarios aplicables a los abogados.
Desafíos para el Colegio de Abogados
La concentración de todos los casos disciplinarios en una única instancia nacional plantea importantes retos institucionales.
Entre ellos:
- Mayor volumen de expedientes.
- Necesidad de agilizar procedimientos.
- Garantía de acceso efectivo para abogados de todo el país.
- Uniformidad de criterios disciplinarios.
- Fortalecimiento de la transparencia procesal.
Aunque la centralización puede favorecer decisiones más uniformes, también exigirá mecanismos eficientes para evitar retrasos en la administración disciplinaria.
Impacto para la profesión jurídica
La sentencia TC/0331/26 representa una de las decisiones más relevantes de los últimos años en materia de regulación profesional de la abogacía dominicana.
Más allá de la reorganización institucional, el fallo reafirma principios fundamentales como:
- La seguridad jurídica.
- El debido proceso.
- La razonabilidad normativa.
- La determinación clara de competencias.
Estos principios constituyen elementos esenciales para cualquier sistema disciplinario que pretenda sancionar conductas profesionales respetando las garantías constitucionales de los abogados.