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Teoría del caso

Diseno Sin Titulo 8 Legal

La teoría del caso es el planteamiento de cada parte sobre los hechos, las pruebas y su connotación jurídica. La teoría del caso permite determinar cuáles son los hechos relevantes conforme a las descripciones abstractas del legislador sobre las conductas punibles.

La función de la teoría del caso no es otra que la de iluminar, como si de un faro se tratase, toda la actuación del abogado durante el desarrollo del asunto. Por lo tanto, nada de lo que hagamos debe ser inconsistente con la teoría del caso, ya que en la medida en que nos apartamos de la misma nuestra defensa perderá credibilidad. Lejos de ser una hipótesis de trabajo, es una verdadera tesis.

La teoría del caso debe ser única, simple, creíble, autosuficiente y asociada a un valor.

  • Única, pues la teoría del caso supone la existencia de una versión de los hechos dotados de una consistencia argumentativa, por lo que manejar más de una teoría del caso en juicio resta credibilidad a nuestra defensa.
  • Simple, ya que debe explicar de forma sencilla y cómoda toda la información derivada del juicio, tanto la de nuestra parte como de la contraria. Mauet señala que «si usted no es capaz de explicar su teoría del caso en uno o dos minutos, entonces se requiere más trabajo»
  • Creíble, requisito relacionado con la sencillez en su elaboración, ya que la misma debe estar construida para ser entendida, retenida y asimilada por el juez al contar con elementos que la doten de verosimilitud, es decir, que la hagan creíble. Para ello, contaremos con hechos lógicos, basados en la experiencia común del día a día, consecuentes.
  • Autosuficiente, pues debe considerar la totalidad de los hechos de la causa, de forma que nos permita dar una explicación lógica a los mismos (tanto respecto de nuestros hechos como de los invocados de adverso), todo ello a fin de evitar que la otra parte pueda dañarnos al no poder aportar determinada explicación sobre lo sucedido.

La teoría del caso es un tema que resulta de suma importancia para el nuevo sistema de justicia , es una pieza fundamental para la fiscalía y para la defensa y sin una teoría del caso carecería de debate la audiencia de juicio oral.

La teoría del caso se conforma por distintas partes fundamentales, las cuales son:

  1. Teoría fáctica: se refiere a la teoría de los sucesos o hechos, es decir, es la historia de cómo sucedieron los hechos;
  2. Teoría jurídica: se refiere a la teoría de la clasificación jurídica penal;
  3. Teoría probatoria: se refiere a las pruebas que unen los hechos (teoría fáctica) con el delito (teoría jurídica).

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