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Resolución núm. 012-2020, Reglamento del Centro de Documentación e Información Judicial Dominicano (CENDIJD)

La Resolución núm. 012-2020, dictada por el Consejo del Poder Judicial (CPJ) el 13 de octubre de 2020, marca un hito en la modernización institucional al reformar el Reglamento del Centro de Documentación e Información Judicial Dominicano (CENDIJD). Esta normativa no es un simple ajuste de organigrama, sino una respuesta estratégica al Plan Estratégico «Visión Justicia 20|24», que busca optimizar los servicios judiciales mediante la creación de estructuras organizacionales más eficientes. Para el estudiante de derecho, esta resolución representa la transición de un modelo de acumulación de información a uno de gestión técnica y especializada del conocimiento jurídico.+4

El núcleo de esta reforma es el traspaso del CENDIJD a la Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ), convirtiéndolo en su área técnica-especializada. Esta integración responde a un análisis previo de «Relevamiento de Perfil de Producción Institucional» que detectó dispersión de funciones y una desconexión entre los productos institucionales y las atribuciones normativas. Al adscribir el Centro a la ENJ, se busca potenciar el acervo jurídico nacional, vinculando directamente la recopilación de jurisprudencia y legislación con el sistema nacional de formación de jueces y servidores judiciales.+4

Desde una perspectiva funcional, el nuevo reglamento redefine el objeto del CENDIJD: la selección, tratamiento y difusión de información legislativa, jurisprudencial y doctrinal. Entre sus funciones clave destacan el diseño de sistemas de información para el acceso a fuentes formales del derecho, la coordinación de publicaciones académicas de investigación científica y la gestión de bibliotecas judiciales, tanto físicas como virtuales. Estas tareas son esenciales para garantizar la transparencia judicial y el acceso democrático a la información jurídica para toda la comunidad.+4

La estructura orgánica también ha sido profesionalizada, estableciendo una Gerencia General y dos áreas operativas: Documentación y Bibliotecas, y Jurisprudencia y Legislación. El Gerente General, designado por el Consejo Directivo de la ENJ, asume la responsabilidad de ejecutar planes operativos y presupuestarios, además de promover convenios de colaboración con instituciones públicas y privadas. Este diseño garantiza que el Centro no funcione de forma aislada, sino bajo una supervisión técnica alineada con los estándares educativos de la judicatura.+4

Un aspecto innovador es la creación del Comité Consultivo, un órgano colegiado que integra a jueces de distintos niveles, académicos de la ENJ y al Director de la misma. Este comité tiene la misión de generar asesoramiento técnico-jurídico y recomendar políticas de funcionamiento, asegurando que la catalogación de la información y la selección de jurisprudencia mantengan un rigor académico y práctico de alto nivel. Para el jurista en formación, esto garantiza que la base de datos documental del Poder Judicial cuente con un filtro de calidad institucional.+4

Finalmente, la resolución deroga la antigua normativa de 2005 y ordena un proceso de «reconversión del talento» y adecuación de perfiles de puestos para la implementación efectiva del nuevo modelo. Esta reforma subraya la autonomía administrativa del Poder Judicial consagrada en la Constitución y refuerza la idea de que una justicia oportuna depende, en gran medida, de una administración científica de su memoria jurídica.

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